El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)
mantendrá abierto hasta el próximo 12 de mayo la
convocatoria para la concensión de subvenciones a personas
con discapacidad residentes en Ceuta y Melilla. Asimismo el
crédito podrá ser solicitado para financiar programas
complementarios de asociaciones durante 2009. La cuantía
total del crédito dispuesto es de 250.000 euros.
El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)
decidió ayer mantener el plazo abierto hasta el próximo 12
de mayo para la convocatoria de subvenciones a personas con
discapacidad que sean residentes en Ceuta y Melilla.
Igualmente se destina una cantidad menor a los programas
complementarios de asociaciones que se desarrollen en 2009.
La cuantía total son 250.000 euros, de los que 230.000 están
dirigidas a personas individuales y 20.000 a los programas
de asociaciones implicadas en acciones en favor de los
discapacitadas.
Los requisitos establecidos para poder ser beneficiarios
para las ayudas individuales comprenden la acreditación de
un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Sin embargo se podrá optar a subvenciones por rehabilitación
cuando no se alcance el 33 por ciento de discapacidad
cuando, a juicio del Equipo de Valoración y Orientación,
existan medidas que impidan o retrasen la evolución
desfavorable de una discapacidad. El solicitante no deberá
percibir al mismo tiempo subvenciones o que éstas sean de
menor cuantía, procedentes de otro organismo o entidad que
tengan la misma causa. Se deben justificar las subvenciones
recibidas en ejercicios anteriores y no recaer en ninguna de
las prohibiciones para ser beneficiario de ayudas públicas.
Programa de asociaciones
Las condiciones establecidas para las ayudas a programas
complementarios de asociaciones exigen, en principio, estar
circunscritas a Ceuta y Melilla y dedicarse al colectivo de
personas con discapacidad. Las asociaciones no deben tener
fin de lucro, o en el caso de que se desarrollen actividades
de carácter comercial, los beneficios se inviertan en los
fines de su acción institucional. Se debe haber cubierto las
obligaciones tributarias y de Seguridad Social y haber
justificado anteriores subvenciones del IMSERSO. Por último,
se debe garantizar una estructura y capacidad suficiente
para conseguir los objetivos de la subvención.
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