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melilla - MIÉRCOLES, 25 DE MARZO DE 2009


un momento del juicio. melilla hoy.

tribunales
 

Condenan a seis años de
cárcel al ex secretario del
Juzgado de lo Penal nº 2

La Audiencia Provincial, en cambio, absuelve
de todos los delitos por los que venían siendo acusados, a los abogados María del Carmen B., Abdelkader M., Antonio Z. y Felipe C.
 

MELILLA
Mustafa Hamed
ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Sección VII de la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a seis años de prisión al que fuera secretario judicial del Juzgado de lo Penal número 2 de Melilla, Rafael R., por la comisión de sendos delitos de falsedad en documentos oficiales y malversación de caudales públicos. El mismo tribunal, en la sentencia dada a conocer ayer a las partes ha decidido en cambio absolver de los delitos que se acusaba en el llamado "caso fianzas" a los abogados María del Carmen B., Abdelkader M., Antonio Z. y Felipe C.

El secretario judicial y los cuatro abogados estaban acusados de la presunta comisión de malversación de caudales públicos, falsedad en documento oficial y estafa cometidos supuestamente a finales de 1990 y principios de 2000, por haberse quedado supuestamente con fianzas carcelarias de presos en rebeldía, con un monto total de 153.000 euros, 25 millones de las pesetas que estaban circulación en aquella época.

Según el auto de la Fiscalía, el representante del Ministerio Público solicitaba 23 años prisión para el entonces secretario judicial, y penas que iban desde los 11 a los 5 años a los cuatro abogados, además de inhabilitación, multa y devolución de los 153.000 euros al Estado.

Finalmente el único condenado es el secretario judicial sustituto mientras los abogados son absueltos, en una sentencia que no es firme y contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo desde los cinco días de notificación, una situación que se produjo ayer pasado el mediodía en audiencia pública.

La Audiencia Provincial de Málaga condenó finalmente al funcionario que hacía las veces de secretario judicial del Juzgado de lo Penal número 2 a una pena de seis años prisión por un delito continuado de falsedad en documentos oficiales y otro delito continuado de malversación de caudales públicos. También le castigan por estos motivos al pago de una multa de 24 meses, a razón de 5 euros día (algo más de 3.600 euros), con apremio personal subsidiario de un día de privación de libertad por cada dos cuotas que deje de satisfacer y a la pena de seis años de inhabilitación especial. Asimismo, condenan a Rafael R. a indemnizar al Estado español en la suma de 8.850.000 pesetas (53.189, 57 euros) "por las cantidades -afirma el auto judicial- sustraídas y no reintegradas al erario público”.

Para la Sala "no ofrece el menor atisbo de duda que ha de responder a título de autor de todos y cada uno de los delitos cuya existencia ha quedado probado (...) por la participación material y directa que tuvo en la ejecución de los mismos y en base a toda la prueba ya referida".

El tribunal admite que Rafael R. "ha necesitado la colaboración de alguien para que el expolio de esos caudales públicos (las fianzas que abonaban acusados y que no eran ingresadas en el Tesoro público aún habiéndose declarado en rebeldía) pudiera llegar a buen puerto, pues de otro modo, habría resultado imposible”. Sin embargo, señala que no existen pruebas para incriminar al resto de coacusados.

Por ello, el tribunal, presidido por José Luis Martín Tapia, absuelve "con toda clase de pronunciamientos favorables" a María del Carmen B., a Abdelkader M., a Antonio Z. y a Felipe C. "de todos y cada uno de los delitos por los que venían siendo acusados".
 

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