La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha emitido una
segunda resolución negando la aplicación de medidas
cautelares que permitan a un alumno ser escolarizado en el
centro que desean sus progenitores y no en el que le
adjudicó la Comisión.
Con este nuevo auto, que se suma al primero en esta línea,
del que este periódico informó el pasado día 3, son ya dos
los dictados contra recursos planteados por padres
descontentos con la decisión de escolarizar a otros tantos
menores en colegios públicos y no en el San Agustín,
concertado. Previamente el mismo tribunal había dictado
otras dos resoluciones en las que sí aceptaba la aplicación
medidas cautelares primando el derecho de los padres a
elegir centro para sus hijos sobre el de la Administración a
mantener una ratio máxima de estudiantes por aula.
El secretario general de la Federación de Enseñanza de CCOO
de Andalucía, José Blanco, destacó ayer en declaraciones a
Europa Press sobre el primer de estos autos que con este
nuevo criterio el Superior de Andalucía “viene a indicar que
calidad educativa y número de alumnos son conceptos
asociados, por lo que la Administración pública, en aras de
la mejora del sistema educativo, debe impedir que se supere
el número máximo legal de estudiantes por aula”. El
presidente de la Comisión de Escolarización del MEPSYD,
Javier Martínez, reiteró ayer que la Dirección Provincial
aplicó este año los criterios de baremación a la hora de
señalar colegio para los alumnos ceutíes “de forma
escrupulosa y no arbitraria”.
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