La Sala de los Civil y Penal del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso de apelación
presentado por la defensa de Kaseem El Yassini, el asesino
de la niña Suhaila, quien mantiene privación de libertad
desde el 26 de septiembre de 2006.
Así lo ha expresado el magistrado Miguel Pasquau Liaño,
ponente para esta sentencia, quien ha confirmación sin el
menor género de dudas la sentencia que recayó contra El
Yassini por los hechos probados que cometió.
De modo que apoya y respalda las tesis del Ministerio Fiscal
y de la acusación particular una vez se ha vuelto a ver las
pruebas testificales e insisten en mantener la sentencia
dictada por el Tribunal acogiéndose al veredicto del Jurado.
El ponente expone en sus fundamentos de derecho que “ni
siquiera sería necesario aludir al valor de refuerzo
probatorio de las declaraciones autoinculpatorias del
acusado dado que existe prueba de cargo suficiente y válida
para condenarlo por el delito de asesinato de la menor”.
Entre cuestiones por el testimonio de un vecino quien
manifestó que vio al acusado “a quien identificó sin
expresar duda alguna, escalar mediante una sábana hacia el
domincilio de la víctima y que poco después lo vio saltar
manchado de sangre”. Pero el magistrado añade y recuerda que
otro testigo compareciente “lo vio salir de una ventana
agarradpo a lo que podía ser como una cortina y salir
corriendo, comprobando a continuación que la sábana o
cortina que vio estana manchada de sangre”.
Con estos testimonios el juez Liaño entiende que se acredita
la presencia del acusado en el lugar y en el. momento del
crimen. Si a eso se añade -añadió el Juez- que “ante la
Policía y ante el Juez de Instrucción (con todas las
garantías) confesó haber cortado el cuello por detrás con un
cuchillo a la víctima, dando detalles precisos que se
ajustan inequívocamente con lo declarado por los testigos
(...) y que la prueba pericial describió un modo de agresión
que se corresponde perfectamente con el que fue descrito por
el propio acusado en su primera declaración, la conclusiópn
no puede ser más contundente: existe prueba de cargo
suficiente como para dar por acreditado el hecho principal
por el que se ha condenado a Kasse, El Yassini”. Por tanto
el Alto Tribunal andaluz desestima el recurso de la Defrensa
y mantiene la condena de 20 años de cárcel.
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