El día 5 de marzo del año 2003, Miércoles de Ceniza, entraba
en vigor el nuevo Reglamento Base Diocesano por el que todas
las Cofradías y Hermandades de la Diócesis de Cádiz y Ceuta,
así como sus respectivos Consejos de Hermandades, debían
regirse. Este Reglamento Base Diocesano, tal y como acordó
el propio obispo de Cádiz y Ceuta, monseñor Antonio Ceballos,
con los presidentes de los diferentes Consejos de
Hermandades, no podía sufrir alteración alguna hasta que no
superara los cinco años de implantación, de ahí que, una vez
transcurrido este periodo, ya se estén estudiando posibles
modificaciones.
La mesa permanente del Consejo de Hermandades y Cofradías de
Ceuta ha estado estudiando posibles cambios en el Reglamento
Base Diocesano aprobado en el mes de febrero de 2003 y en
vigor desde el día 5 de marzo del citado año.
Tal y como destaca a nuestro rotativo el propio presidente
del Consejo de Hermandades y Cofradías de Ceuta, Juan Carlos
Aznar Méndez, la mesa permanente de este organismo se ha
centrando en un total de tres puntos para adaptarlos
finalmente a las características de Ceuta, ya que tras estos
años transcurridos han podido comprobar que nuestra ciudad,
por su idiosincrasia, tiene complicado cumplir con los
mismos.
En este sentido son en los puntos referentes al número de
miembros mínimos que deben conformar una junta de gobierno,
los plazos a cumplir durante el periodo electoral de las
hermandades, y finalmente la pertenencia a diferentes juntas
de gobierno.
Con respecto al primer punto, desde el Consejo de
Hermandades se piensa que debido a la población cristiana
existente en nuestra ciudad ven excesivo que el número
mínimo de integrantes de las juntas de gobierno sean 12
personas, queriendo que este número se vea reducido a 8
miembros.
Aznar también valoró el tema de los plazos a cumplir durante
el periodo electoral, destacando que las hermandades no
tienen tantos hermanos como para tener el censo provisional
y el definitivo publicado durante un mes, cada uno de ellos,
algo que provoca que el periodo electoral sea bastante
largo, algo que al fin y al cabo en nuestra ciudad podría
solucionarse en un mes aproximadamente.
Finalmente, con respecto al punto en el que poder pertenecer
tanto a una junta de gobierno de penitencia como de gloria,
desde el Consejo lo que se pretende es que, siempre que no
sean cargos de gran relevancia, una misma persona pueda
estar formando parte de dos juntas de gobierno a la vez,
(penitencia y gloria) sin que esto sea una traba por parte
del Reglamento Base Diocesano. Esta iniciativa se debe a dar
una mayor facilidad a las juntas de gobierno a que las
mismas queden constituidas con una cierta facilidad.
Una vez elaborado este estudio y haber realizado el informe
correspondiente, el mismo ha sido remitido a la Vicaría
General de Ceuta, para que esta información siga el cauce
reglamentario y que sea estudiado desde el Obispado de Cádiz
y Ceuta con el fin de que el Reglamento Base Diocesano pueda
ser finalmente adaptado en esos tres puntos para la ciudad
de Ceuta.
Desde el Consejo de Hermandades y Cofradías de Ceuta se
espera que esta solicitud de adaptación de esos puntos sea
estudiada por el Obispado y que el mismo tenga a bien su
modificación para asi facilitar a las Hermandades ceutíes su
formación, no en vano hay que reseñar que cada vez que una
Hermandad entra en periodo de elecciones, se las ve y se las
desea para poder aglutinar a los miembros necesarios para
formar la junta de gobierno que durante los siguientes
cuatro años deberá llevar las riendas de la misma.
|