El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha
desestimado el recurso de apelación frente a la sentencia de
junio de 2005 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Ceuta que negó la razón a un opositor al Servicio de
Extinción de Incendios y Salvamento que no logró el acceso e
impugnó ante los tribunales el proceso.
El TSJA ha impuesto, además, las costas a la parte apelante
y deja claro que la sentencia es firme y no cabe recurso
contra ella.
Los denunciantes pidieron primero por el
Contencioso-Administrativo y luego al Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía la modificación de la relación de
aprobados en la convocatoria para la provisión de 25 plazas
de bomberos mediante concurso-oposición, que tuvo lugar en
enero de 2004. La parte demandante argumentó la
arbitrariedad en que habría venido a incurrir el Tribunal de
Calificación de aquel proceso selectivo en la valoración
atribuida a los diferentes exámenes, algo que el TSJA ha
desestimado.
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