La polémica asignatura EpC cobra
en estos días actualidad. El Tribunal Supremo no admite la
posibilidad de objetar contra ella, argumentando que sólo
existe en la Constitución para el Servicio Militar o el
aborto, pero deja claro que el Estado no puede hacer
proselitismo.
La sentencia incluye cuatro votos particulares que disienten
del fallo. Un fallo que concluye que “el derecho que los
padres tienen a elegir la formación ideológica y religiosa
de sus hijos no permite afirmar que tengan derecho a la
objeción de conciencia en materia como Educación para la
Ciudadanía, pero deja muy claro que EpC debe ser impartida
respetando la neutralidad. En este sentido asegura que el
Estado tiene la potestad y el deber de impartir los derechos
fundamentales, pero la enseñanza “se debe limitar a
exponerlos e informar sobre ellos con neutralidad, sin
ningún adoctrinamiento, para respetar el espacio de libertad
consustancial a la convivencia constitucional”.
Por otro lado el Supremo asegura que el hecho de que EpC sea
ajustada a derecho, “no autoriza a la Administración
educativa, ni a los centros docentes, ni a los profesores, a
imponer o inculcar puntos de vista determinados sobre
cuestiones morales que en la sociedad española son
controvertidas”.
“No debe ser la administración educativa quien se erija en
árbitro de las cuestiones morales controvertidas”, dice la
sentencia, que también afirma que al impartir EpC es
exigible la más exquisita objetividad y el más prudente
distanciamiento”.
La situación de EpC, para unos, encierra el “peligro” de
adoctrinamiento ideológico del gobierno de turno, por lo que
aparece la “objeción de conciencia, para impedir que sus
hijos cursen la asignatura; para otros, es imprescindible la
asignatura, y la clave está en quién y cómo se imparta, no
en la propia existencia de la materia”.
Con independencia de temores, polémicas y valoraciones, en
uno o en otro sentido, el hecho es que todos los sistemas
educativos europeos incluyen con denominaciones diversas, la
educación cívica o para la ciudadanía en los programas de
Primaria y Secundaria, de acuerdo con la recomendación del
Consejo de Europa que, en 2002, instó a que todos los
niveles del Sistema educativo deben contribuir a la
introducción de este concepto, ya sea a través de una
materia escolar específica, o como tema transversal que
impregne todas las asignaturas, donde la mayoría,
aproximadamente un 70% de los países, lo hacen como materia
separada.
Antes y después de la implantación de la asignatura, en
varias ocasiones me atreví a exponer mi punto de vista sobre
tan polémica materia y siempre dije y sigo diciendo, que el
problema no está en la EpC, sino en la cantidad de textos
que no van en la dirección de los objetivos -competencias se
dice ahora- que se quieren conseguir. Hay temas que no están
bien tratados como la familia, la sexualidad, la política…
que son los que rechazan los padres.
Lo anteriormente expuesto y, el fallo del Tribunal Supremo,
hacen que los padres, aunque les hayan negado el derecho a
la objeción de conciencia, el TS también ha dejado muy claro
que la asignatura se debe impartir con neutralidad y sin
adoctrinamiento, por lo que los padres objetores se plantean
otra estrategia: la objeción parcial contra la EpC. Ello
supondría que los niños que la estudian sólo asistirían a la
parte de la asignatura que hace referencia a los valores
democráticos o la Constitución, pero se abstendrían de
acudir a aquellos temas en los que se tratan asuntos morales
o éticos.
La estrategia de los padres sería que tendrían que ver,
previamente, los libros de textos para que sus hijos no
acudiesen a esos temas. ¡Y, además, no serían evaluados
sobre la materia! Como verá el lector, se trataría de un
autentico lío. Pero hay más, todavía: los padres al
considerar que los efectos de la sentencia podrían
extenderse no sólo a EpC, sino también a otras materias que
traten temas que puedan ser controvertidos o choquen con sus
convicciones éticas y morales.
Es ahora, tras la sentencia, cuando se hace más necesario
que nunca el diálogo con la administración, y seguir
reclamando la oportunidad de alcanzar un consenso con toda
la comunidad educativa, sobre el contenido, antes de seguir
con el desarrollo de la materia.
Con toda seguridad que si los padres hubieran tenido acceso
al libro del Profesor de Filosofía P.I. Moreno Girón, la
polémica no hubiera existido, por lo que, los objetores,
hubieran brillado por su ausencia. Se trata de una modesta
obra, libro de texto, especialmente preparado para 2º de
ESO, escrito con gran claridad, donde los temas –unidades
didácticas, 10 en total- son tratados con la única intención
de satisfacer todas las tendencias. Destacan “qué es la
ciudadanía”, “resolución inteligente de conflictos”,
“Declaración de los Derechos Humanos”, “la democracia y sus
instituciones”, “el Estado Español y los servicios
públicos”, “igualdad y diferencias en la vida social”, “la
sociedad mundial y la globalización”… libro con numerosas
actividades individuales y en grupo.
|