Un individuo pagará una multa de 1.460 euros por responder a
un delito contra la orden del territorio y una falta de
desobediencia, según dictó ayer la magistrada del Juzgado de
lo Penal. El condenado edificó en una zona no urbanizabe de
la calle Cabrerizas Bajas, sin permisos ni licencias, y ya
había sido sancionado antes; haciendo caso omiso, procedió a
la construcción de propiedades anexas.
Construyó sus casas donde quiso y luego, propiedades anexas.
Por estos hechos, la magistrada del Juzgado de lo Penal
dictó ayer sentencia contra un individuo al responder a un
delito contra el orden del territorio y una falta de
desobediencia.
Por ello se enfrentará a una multa de 1.460 euros, la
inhabilitación especial de la promoción inmobiliaria durante
seis meses y como responsabilidad civil, deberá demoler todo
lo edificado. El condenado ya había sido juzgado en
anteriores ocasiones por construir en la zona no
urbanizable, sin permisos ni licencias. Haciendo caso omiso
a una anterior sentencia, además, levantó propiedades anexas
a su casa en la calle Cabrerizas Bajas. En primera
instancia, el Ministerio Fiscal solicitó las penas de seis
meses de prisión por el delito, y una multa de 20 euros por
la falta. Ante la conformidad del acusado, y suprimiendo del
escrito de acusación la mención de reincidencia, el
condenado deberá responder a la sanción económica. Este
delito explica la ilegalidad de promotores, constructores o
técnicos directores que lleven a cabo una construcción no
autorizada en suelos destinados a viales, zonas verdes,
bienes de dominio público o lugares que tengan legal o
administrativamente reconocido su valor paisajístico,
ecológico, artístico, histórico o cultural, o por los mismos
motivos hayan sido considerados de especial protección.
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