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sucesos - VIERNES, 30 DE ENERO DE 2009

 

tribunales

Condenado a 540 euros de multa
por un delito de alzamiento de bienes

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

En 1996 le condenaron, a través de un procedimiento ejecutivo, a pagar 400.000 pesetas de multa y al no poseer bienes, le envargaron el coche. Entonces se lo llevó al desguace y quiso eliminar los bienes para no pagar al acreedor.

El imputado se sentó ayer en el banquillo de los acusados del Juzgado de lo Penal acusado de un delito de alzamiento de bienes, tipificado en el artículo 257 del Código Penal el cual establece que será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses, el que se alce con sus bienes en perjuicio de sus acreedores.

El imputado, al reconocer los hechos, aceptó las conformidades de las penas solicitadas por la representante del Ministerio Fiscal en la ciudad autónoma, estableciendo nueve meses de multa pagando una cuota de dos euros diarios.

Finalmente la magistrada dictó sentencia in voce; el pago de 540 euros por un delito de alzamiento de bienes, que el imputado aceptó.
 

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