La magistrada del Juzgado de lo Penal número uno condenó
ayer a un invididuo a pagar 20 euros de multa al responder
de una falta de amenazas. El imputado ya había insultado en
varias ocasiones a su vecina, pero el 6 de diciembre el
sujeto se dedicó a aporrear la puerta de la mujer de la
calle Real advirtiéndola de que la iba a violar.
Veinte euros de multa fue la sentencia que dictó ayer la
magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de la ciudad
autónoma contra un individuo, que responde a las iniciales
M.A.A., imputado por una falta de amenazas. El condenado
deberá pagar dos euros durante diez días y por cada dos
cuotas impagadas cumplirá un día de privación de libertad.
Los hechos sucedieron el seis de diciembre del pasado año en
un bloque de edificios de la calle Real. Sobre las seis
menos cuarto de la tarde, el sujeto se presentó delante de
la casa de su vecina, aporreando la puerta bruscamente y
enojado, gritando y amenazando a la mujer con que la iba a
violar. Además de varios insultos fuertes hacia su persona
que, según indicó la víctima en el escrito de diligencias
previas del caso, ya se había repetido en otras ocasiones
aunque sin llegar al extremo de esta última vez.
El acusado admitió todos los hechos por los que se le
imputaba, de ahí que la vista oral se celebrase a través de
la figura de la conformidad con la pena impuesta a priori
por la fiscal. Dictamen realizado en base a lo recogido en
el artículo 620 del Código Penal el cual advierte que serán
castigados con la pena de multa de diez a veinte días los
que de modo leve amenacen a otro con armas u otros
instrumentos peligrosos, o los saquen en riña, como no sea
en justa defensa, salvo que el hecho sea constitutivo de
delito.
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