La Confederación de Empresarios de Ceuta (CECE) recordó ayer
a las empresas las condiciones vigentes para la apertura de
los domingos autorizados durante estas fiestas. Unas fechas
que serán los días 14, 21 y 28 de diciembre así como el 4 de
enero. Así, desde la patronal conminaron a los comerciantes
y empresarios a “cumplir estrictamente” las condiciones
pactadas en el convenio de comercio.
Los empresarios deben saber que las condiciones de los
trabajadores varían en función de su contratación. Los que
tienen vinculación con la empresa desde después del 1 de
enero de 2004 deberán percibir 44,82 euros por cada domingo
trabajado, o la parte proporcional por cada jornada. Además
tienen un día de descanso adicional también por cada domingo
trabajado que podrá consumirse durante el próximo año.
Mientras, los empleados contratados antes del 1 de enero de
2004 deberán confirmar mediante escrito a la Comisión
Técnica del Convenio su compromiso voluntario de trabajar
durante estos festivos. Su remuneración es igual que los
anteriores, de 44,82 euros por domingo trabajado y un día de
descanso adicional por cada uno de estas jornadas festivas.
Los centros que vayan a abrir deberán informar mediante un
tablón y un cuadrante de horarios de los trabajadores.
Además, el empleado llamado a cumplir su labor en estas
fechas deberá ser informado de ello con una semana de
antelación.
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