V emos a diario que ante el impedimento de contacto con los
hijos, tras la separación ó divorcio de sus Padres, el
afectado suele decir que detecta con certeza, la existencia
del Síndrome de Alienación Parental, en las actitudes del
otro Progenitor, en algunos casos lo dan por definido
totalmente, Dando por asumido la presencia de la Alienación
Parental con cada uno de los puntos de su definición y en
búsqueda de hacer cesar la obstrucción de contacto con los
hijos, trata de convencer de la acción Alienante a la cual
es expuesto, al Juez, al Defensor de Menores, a los Peritos
Forenses Etc., que son los que tienen capacidad de decisión,
cometiendo errores que no solo afecta al caso en particular,
sino, a todos los casos en general, que en la angustia por
desear estar con los hijos no se dan cuenta y afectan la
credibilidad personal y la existencia real de la Alienación
Parental , siendo indispensable surja el diagnostico desde
profesionales idóneos en el tema, y cuente con antecedentes
y pruebas que avalen la presencia del SAP.
Pensar que tras toda obstrucción de vinculo, esta presente
siempre la alienación Parental, es como definir a toda
Gripe, como una Pulmonía. No todos los casos se aprecian
desde la Alienación Parental , en muchas ocasiones la
producción del rechazo de los hijos inducido por el
Progenitor obstructor, puede obedecer a temores mal
manejados de perder a los hijos, intereses económicos mas
allá de las obligaciones alimentarias utilizando la presión
del rechazo, revanchas, alteraciones mentales bien
definidas, ó la simple malicia, presente y conducente a
proceder en forma incorrecta, por ese motivo es valedero
hilvanar unas breves consideraciones al respecto.
El manifestar la presencia del Síndrome de Alienación lejos
esta de quien lo hace ante un Tribunal, el desear obtener
ventaja de dicha presentación, cuando lo grave y fácil de
verificar, lo representa los Incumplimientos a los Regímenes
de visitas homologado, La desobediencia a resolución
Judicial, y todos los ilícitos que rodea a estas acciones.
La Alienación Parental en todo caso, sería un atenuante, una
explicación elegante, ante los ilícitos cometidos por el
obstructor de vinculo, que estaría actuando bajo el estado
de Alienador Parental, mas lógico para ser presentado por
parte del abogado defensor del alienador, que del
denunciante que debe invocar los ilícitos, de los cuales
normalmente tienen innumerables pruebas.
“Si el proceso se identifica - mismo si no ha dado fruto
todavía - debe ser visto por los profesionales como una
violación directa y intencionada de una de las obligaciones
más fundamentales de un progenitor: la promoción y el
estímulo de una relación positiva y armoniosa entre el hijo
y su otro progenitor” (BONE-WALSH, §1 y 25)
La necesidad que tiene el Progenitor rechazado por los
hijos, de definir lo que no entienden, de darle un nombre al
motivo de sus sufrimientos, hace que la persona afectada por
la obstrucción de vinculo, busque los porque en definiciones
Académicas, desde las cuales puedan explicar a otros lo que
les esta pasando, y la irracionalidad no puede ser explicada
a través de la lógica, debiendo muchas veces aceptar que lo
ilógico y/ ó inhumanos también forma parte de la esencia del
ser humano y de su forma de relacionarse con los demás.
Entender que una persona no lo/a amo nunca ó dejo de amar,
es difícil, y reconocer que la persona con la cual convivió
y tuvo un proyecto en común, tenia escondida una
personalidad malévola, o le mintió, es aceptar que el error
partió de uno, en la elección y en la continuidad de
aceptación de cosas irregulares, que ya estaban presentes,
que no aparecieron por generación espontánea para hacer
daño, solo no estaban siendo reconocidas, ó bien el error
parte del hoy damnificado, que no supo apreciar lo que se
gestaba desde hace tiempo en su contra, cuando la pareja
todavía no se había disuelto.
El Síndrome de Alienación Parental (PAS) es un desorden que
surge habitualmente en el contexto de las disputas por la
custodia de un hijo. Su primera manifestación es la campaña
de denigración contra un padre que se despliega sobre el
niño. Es el resultado de la combinación de una programación
(lavado de cerebro) llevada a cabo por el adoctrinamiento de
un progenitor y de la propia contribución del niño en la
vinificación del padre.– Dr. Joel Brandes-
Esta definición que podemos considerar correcta sobre el
Síndrome de Alienación Parental, vuelca el concepto “es un
desorden que surge habitualmente en el contexto de las
disputas por la custodia de un hijo”, más allá de ser cierto
que esta en una causa judicial, en donde seguramente también
se evalúa la custodia de los hijos, la presencia de la
Alienación Parental no se da por la disputa de la Tenencia ,
sino por el interés especifico de uno de los Progenitores de
adjudicarse la pertenencia total de los hijos, física y
afectiva, como una posesión, como un objeto, a no compartir.
En la generalidad de los casos, no esta presente una disputa
por la Guarda , ó no fue el origen de la controversia legal,
sino el requerimiento de un Régimen de visitas que permita
el vinculo normal, al extremo que en ocasiones el Progenitor
no conviviente, solo pide unas horas semanales.
El Síndrome de alienación Parental, no es un Síndrome en lo
Formal Académico, porque a la actualidad año 2008, no esta
presente en el DSM IV, MANUAL DIAGNÓSTICO Y ESTADÍSTICO DE
LOS TRASTORNOS MENTALES, elaborado por : A.P.A. (American
Psychiatric Association) , fue publicado en 1994, y en el
mismo acota que “el DSM IV refleja un consenso sobre la
clasificación y diagnosis de los trastornos mentales
identificados en el tiempo de su primera publicación”. Los
nuevos conocimientos científicos conducirán, indudablemente,
a la identificación de nuevos trastornos”. La A.P.A. (American
Psychiatric Association) criteriosamente no emite opiniòn ni
a favor ni en contra, debido a que se encuentra en proceso
de estudio.
En Europa, mas precisamente en Espala de donde se importa
frecuentemente el saber académico de los psicólogos, la
Asoc. de Psicólogas de España emite un comunicado en junio
de 2008 planteando la legitimidad de la Alienación Parental
y su utilidad en los casos de separación ó divorcios
destructivos.
El Síndrome de Alienación Parental SAP, esta en estudio para
ser incorporado al DSM V, y como tantas otras tantas
posibles alteraciones mentales es reconocido antes, como
tal, en lo popular y masivo, a pesar que todavía no tiene su
inclusión asegurada en el próximo DSM V, no se pude negar en
la actualidad la presencia de la Alienación Parental y daño
evidente.
Descalificar al Síndrome de Alienación Parental, por no
estar presente en el manual citado, es una tanto subjetivo,
pues desde la evaluación Académica, como trastorno mental,
tampoco se encuentra el Síndrome de Estocolmo, el de la
Mujer Golpeada , y tantos otros conjuntos de síntomas que
popularmente se los nombra como Síndrome, sin tener esa
presencia en el DSM IV, para el reconocimiento académico
mundial, y sin embargo gozan de una supuesta credibilidad,
por el solo hecho que no tocan, cuestiones que enerva al
Fanatismo de Genero como el caso del SAP y su inserción en
los ámbitos Académicos mas conservadores o pseudo académicos
en donde pueden existir intereses personales
correspondientes a separaciones traumáticas que afectan la
evaluación, o problemáticas no resueltas desde la infancia.
La Alienación Parental se hace evidente y repetitiva en una
gran mayoría de casos de separaciones conflictivas con hijos
menores , en todo el mundo y sin tener contacto entre ellos
los damnificados , ni información precedente , como tampoco
relación de comunicación los ejecutores de la Alienación
Parental , por lo menos en el comienzo y puesta en marcha de
la acción alienadora. Por lo que tratar de desestimar la
presencia del SAP, cuando surgen iguales síntomas en
distintos países, y culturas, en una similar franja de
tiempo, es negar la verdad por el solo hecho de negarla.
La negación se presenta usualmente en forma agresiva,
desacreditando e injuriando a quien postule y/ó explique la
existencia de la Alienación Parental , explicación
normalmente realizada con respeto , moderación y sin
agresión para quienes no están de acuerdo con el enunciado
de la Alienación Parental.
Es decir la exteriorización de algo que se detecta
habitualmente en la labor judicial, es Políticamente
incorrecto, para una época social en donde las líneas de
pensamiento y evaluación intentan que solo vaya hacia una
única dirección y quien plantee, aún con elementos sólidos
nuevas opciones de interpretación es considerado agresor de
los lineamientos que exigen no ser objetados, silenciando de
este modo la evidencia del maltrato psicológico a los niños
y adolescentes en pos de la eliminación de la figura del
otro Progenitor .
Es importante, antes de diagnosticar esto, de estar seguro
que el progenitor alienado no merezca de ninguna manera de
ser rechazado y odiado por comportamientos realmente
despreciables (LAMONTAGNE)
La Alienación Parental esta presente en lo social y
profesional en forma grupal y de pertenencia, y como una
marea incontrolable intenta arrasar con todo lo que se opone
a su paso, con las mismas Metodologías, que utiliza un
alienador individual pero incorporado a grupos en acciones
alienantes hacia la Sociedad, dejando el caso individual
para pasar a la Alienación agresiva desde la comunicación
extendida en lo social, desde la agresión verbal y/ ó
escrita.
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