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OPINIÓN - JUEVES, 20 DE NOVIEMBRE DE 2008

 
OPINIÓN / COLABORACIÓN

Día universal de los derechos del niño

Por El Centro UNESCO de Ceuta


Los derechos humanos son normas básicas necesarias para vivir como un ser humano, sin las cuales las personas no pueden sobrevivir ni desarrollarse con dignidad. Son inherentes al ser humano, inalienables y universales.

Las Naciones Unidas establecieron una serie de normas comunes sobre los derechos humanos cuando aprobaron en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Desde entonces, las Naciones Unidas han aprobado muchos instrumentos internacionales vinculantes sobre derechos humanos que establecen principios y derechos que se han convertido en obligaciones jurídicas para todos los Estados que deciden vincularse a ellos. Entre los instrumentos del marco internacional de los derechos humanos se encuentra la Convención sobre los Derechos del Niño.

En 1945, la Carta de las Naciones Unidas estableció las bases de la Convención sobre los Derechos del Niño, al exhortar a todos los países a promover y alentar el respeto por los derechos humanos y libertades fundamentales para todos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos hizo hincapié en que “la maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y especiales asistencias” y se definió a la familia como “elemento natural y fundamental en la sociedad.

Durante el siglo XX se aprobaron varias Declaraciones de los Derechos del Niño, la última de ellas en 1959, en la que reconocía que “la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle”. Pero las Declaraciones son manifestaciones de intenciones y no son instrumentos jurídicamente vinculantes, por ello, se trabajó duro desde las distintas instituciones internacionales, para fortalecer el contenido de las Declaraciones, mediante la aprobación de Pactos o Convenciones, al objeto de dotarlos de fuerza de ley internacional, siendo una obligación jurídica y moral para los Estados y los individuos.

La lucha por los derechos de la infancia recorrió un largo camino hasta que el 20 de noviembre de 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad el texto sobre la Convención de los Derechos del Niño. La Convención se transformó en un documento jurídicamente vinculante, ratificado inicialmente por 20 Estados, en la actualidad es ratificado por casi todos los Estados, convirtiéndose en el Tratado de Derechos Humanos más ratificado de la historia.

La Convención de los Derechos del Niño establece derechos que es preciso convertir en realidad para que los niños y niñas desarrollen su pleno potencial y no sufran a causa del hambre, la necesidad, el abandono y los malos tratos. Los niños y las niñas son titulares de derechos propios con independencia de su raza, religión, nacionalidad y familia. La Convención ofrece una visión de los niños como individuos y como miembros de una familia y de una Comunidad, con derechos y responsabilidades apropiados a su edad y etapa de desarrollo. La Convención ha servido para defender la dignidad humana de los niños y las niñas, esta destinada especialmente a los menores de 18 años, al considerar que precisan de un cuidado y protección especial, que los adultos pueden hacer valer por si mismos.

La Convención de los Derechos del Niño es el primer documento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. La Convención establece estos derechos recogidos en 54 artículos y dos Protocolos Facultativos, todos los derechos tienen la misma importancia y se encuentran mutuamente relacionados, siendo los más significativos los siguientes:

-Derecho a la Igualdad

-Derecho a la Protección.

-Derecho a la Identidad y a la Nacionalidad.

-Derecho a tener una casa, alimentos y atención.

-Derecho a la educación y a la atención al disminuido.

-Derecho al amor de los padres y la sociedad.

-Derecho a la educación gratuita y a jugar.

-Derecho a ser el primero en recibir ayuda.

-Derecho a ser protegido contra el abandono y la explotación

-Derecho a crecer en solidaridad, comprensión y justicia entre los pueblos

La Convención reconoce expresamente que la función principal en la correcta aplicación de estos derechos recae en lo progenitores, siendo los padres y madres los que deben proteger y favorecer el pleno desarrollo de sus hijos, pero al mismo tiempo los Estados que han ratificado la Convención deben ejercer esa protección de la infancia y establecer las garantías suficientes para que sean efectivas.

¿Qué podemos hacer cada uno de nosotros para participar en el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño?

Todos y cada uno de nosotros tenemos una función que desempeñar para asegurar que todos los niños y niñas disfruten de su infancia. Si usted es padre o madre, maestro, trabajador social o cualquier otro profesional que trabaje con niños y niñas, aumente el grado de información que éstos tienen acerca de los derechos que tienen reconocidos en la Convención. Si usted es miembro o empleado de una organización que trabaja a favor de los derechos de la infancia, aumente el grado de información sobre la Convención y sus Protocolos Facultativos, investigue y documente las medidas y políticas que toma el gobierno e incorporé en las comunidades en la promoción y protección de los derechos de la infancia. Si usted es un miembro de los medios de comunicación, promueva el conocimiento y la comprensión de los derechos de la infancia y ofrezca un foro para la participación de niños y niñas en la sociedad. Si usted es un responsable político, asegure que todas las leyes existentes y nuevas, así como la práctica judicial, sean compatibles con las obligaciones internacionales de nuestro país, supervise las acciones políticas y de gobierno que se ajusten al contenido de la Convención de los Derechos del Niño. Todo el mundo puede participar en el respeto, la protección y el cumplimiento de los derechos de la infancia.

Por ello, el Centro UNESCO de Ceuta, quiere participar hoy 20 de noviembre en la celebración del día Universal de los Derechos del Niño, promoviendo el conocimiento sobre el contenido de la misma, adjuntamos a este artículo el texto resumido de la Convención, al objeto de invitar a todos a su lectura y reflexión, con la esperanza de motivar la participación en protección de la infancia.
 

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