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sociedad - JUEVES, 20 DE NOVIEMBRE DE 2008


legionarios. archivo.

castrense
 

El Ejército reintegra en sus filas a los dos soldados expulsados ilegalmente

La Comandancia ejecutó anteayer los autos del TSJA que declaraban irregulares dos no renovaciones de militares sobre los que pesan informes reservados no revelados
 

CEUTA
Gonzalo Testa

ceuta
@elpueblodeceuta.com

A. M. M. y F. H. S., los dos soldados ceutíes a los que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reconoció su derecho a ser reintegrado en el Ejército y a ser indemnizado (en el segundo caso) y a que se repita su proceso de valoración para renovar su compromiso (en el primero), han vuelto ya al ejercicio de sus obligaciones profesionales en los cuarteles, según informaron fuentes de toda solvencia.

“El Ministerio de Defensa acata y no comenta las sentencias judiciales”. Esa fue la respuesta que un portavoz oficial del departamento que dirige Carme Chacón dio a este periódico después de que adelantase la existencia de dos autos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en los que anulaba “por ser contrarias al orden jurídico” dos negativas a la renovación de su compromiso con el Ejército de otros tantos soldados ceutíes de confesión musulmana a los que se había rechazado su permanencia en el Ejército bajo la excusa de que pesaban sobre ellos informes reservados de Inteligencia militar y el CNI cuyo contenido nunca fue revelado ni ante la autoridad judicial.

Dicho y hecho, los dos militares volvieron anteayer al desempeño de sus funciones en los cuarteles de la Comandancia General de Ceuta, según informaron ayer fuentes de toda solvencia.

El TSJA ordenó a Defensa en un auto firmado hace dos meses renovar el compromiso del cabo F. H. S., al que el año pasado se negó tal oportunidad y a indemnizarle por ello al entender que el Ejército “ocultó las verdaderas razones de su no idoneidad, lo cual nos coloca ante una resolución puramente voluntarista y como tal arbitraria”.

Según el TSJA la resolución del Jefe del Estado Mayor del Ejército (JEME) de septiembre de 2007, que a su vez respaldaba la emitida en marzo por el jefe del Mando de Personal local rechazando la concesión al soldado del compromiso de larga duración [20 años de contrato y una paga vitalicia] bajo la excusa de que había sido sancionado por ausentarse varias veces de Ceuta a Marruecos “sin autorización”, lo que habría motivado la pérdida de “toda su confianza” de sus jefes directos en él.

Control judicial “imposible”

“La sanción impuesta con posterioridad”, considera la Justicia, “y la pérdida sobrevenida de confianza, base de las resoluciones, en realidad constituyen una mera pantalla dirigida a ocultar las verdaderas razones de la declaración de no idoneidad, que se encierran en los informes reservados a los que de continuo se hace referencia, pero de los que no hay constancia en el expediente, pretendiendo con ello hacer poco menos que imposible el control judicial sobre la decisión discrecional tomada”,

En el caso del legionario A. M. M., de 35 años, el Superior de Andalucía sólo estimó “parcialmente” su recurso, pero declaró “nulas de pleno derecho” las resoluciones para su no renovación por parte de Defensa e impuso “la retroacción de actuaciones al momento procedimental de inicio del expediente administrativo”, con informes reservados incluidos, para que el militar tuviese la oportunidad de defenderse en esa evaluación.
 

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