El Juzgado de lo Penal número 1 ha condenado al acusado
A.J.T.P. a 3 meses de prisión por un delito de lesiones. El
otro de los imputados, hermano del condenado, ha recibido la
absolución entendiéndose que su implicación en la agresión
era con objeto de evitarla y separar a las partes. Todo ello
dejando patente que el rottweiler no agredió al demandante.
Los hechos ocurrieron hace 8 años en el verano del 2000 en
la barriada Loma del Pez. El acusado A.J.T.P. había comprado
un móvil a la esposa del demandante, J.O.S., por el precio
de 15.000 pesetas. Éste solicitó al acusado 7.000 pesetas
más por el teléfono y el procesado le explicó que no se lo
pagaba porque venía defectuoso y no quería el aparato. Tal y
como ha dictaminado la sentencia, el condenado agredió al
denunciante pero el can, en manos del segundo imputado ya
absuelto, no participó en la reyerta.
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