PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo
Especiales

 

 

sociedad - DOMINGO, 2 DE NOVIEMBRE DE 2008


Un buque de Balearia. archivo.

laboral
 

La Justicia declara nulo el despido de un sindicalista en Balearia

Se trata de uno de los nueve trabajadores
que fueron cesados de un día para
otro el pasado mes de mayo y que dio
lugar a una convocatoria de huelga
 

CEUTA
Rober Gómez

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Juzgado de lo Social Nº1 de Ceuta ha declarado nulo el despido por parte de Euromaroc 2000 SL (Balearia) de uno de sus trabajadores que era delegado sindical en el pasado mes de mayo, cuando la empresa recortó personal de un día para otro efectuando el cese de nueve empleados, lo que dio lugar a una convocatoria de huelga y a una negociación por la cual se recolocó a la mayoría de los trabajadores despedidos. Ahora, la Justicia ha condenado a la naviera a la inmediata readmisión del empleado –lo que no se ha producido por la negativa del propio trabajador a volver a la empresa– así como al abono de los salarios dejados de percibir.

El trabajador, un auxiliar administrativo contratado en julio de 2006 y que desde noviembre de 2007 era delegado sindical de la Unión General de Trabajadores (UGT) en el Comité de Empresa de este grupo naviero, recibió el pasado mes de mayo un escrito en el que se lamentaba tener que comunicar que la dirección había tomado la decisión con efectos inmediatos de proceder a la extinción de la relación laboral mediante “despido por causas objetivas”.

“Los motivos que nos llevan a tomar esta decisión es, como ha podido observar por su puesto de trabajo, la reducción de servicios comerciales, concretados en la reducción del número de rotaciones”, señalaba la nota de despido, similar a la que recibieron otros ocho trabajadores durante esa semana, lo que dio lugar a la convocatoria de una huelga por parte del Comité de Empresa y al inicio de un conflicto laboral que se saldó con la recolocación de la mayoría de los empleados cesados.

El Tribunal de lo Social señala en su sentencia que “la empresa no ha acreditado la necesidad objetiva de amortizar las plazas como despido económico y que, por ende, la consignación de dicho cese debió ser en principio la de 45 días de salarios”, al no constar circunstancia alguna que justificase los 33 días que ofreció la naviera.

La Justicia recuerda además que el demandante ostentaba la cualidad de delegado sindical de UGT en la empresa: “Con independencia de si las empresas mencionadas en su totalidad reúnen o no el número de trabajadores suficientes, lo cierto es que el actor es delegado sindical no impugnado en las mencionadas empresas, una de las cuáles, Balearia Eurolíneas Marítimas –de la que es propietaria la demandada Euromaroc– ha recibido en forma notificación y conocimiento de dicha situación, por lo que no es válida la excusa aducida por la empresa demandada del desconocimiento del cargo del delegado sindical”.

Por ello, el Tribunal de lo Social cita la Ley de Organización y Libertad Sindical (LOLS) en su artículo 10 para declarar nulo el despido, ya que “era requisito necesario haber abierto expediente contradictorio sobre el cese”, debido a lo cual condena a la empresa a la readmisión del trabajador y el abono de los salarios debidos.

Los nueve despidos abrieron el pasado mes de mayo un conflicto laboral en el seno de la empresa con la convocatoria de una huelga a ambos lados del Estrecho.

Las negociaciones entre UGT y la empresa evitaron la huelga gracias a un acuerdo que el sindicato calificó entonces como “moderadamente satisfactorio”.

El acuerdo consistió en la readmisión inmediata de dos de los trabajadores fijos indefinidos, uno de Buquebús y otro de Balearia, y la recolocación en empresas del grupo de otros cuatro empleados, mientras que tres aceptaron la indemnización ofrecida por la naviera.

Contra esta sentencia del Juzgado de lo Social de Ceuta con motivo del juicio celebrado a finales de julio, Balearia podrá, no obstante, interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto