El presidente regional del Partido Popular llegará hasta la
vía judicial si antes los líderes de la oposición no se
retractan por requerimiento judicial de las declaraciones
vertidas en un comunicado de prensa en el que refleja sus
sospechas sobre que quien pagó alguna factura del Congreso
del PP fue el gobierno de la Ciudad.
“El hecho de que Mohamed Ali sea político no le da ‘patente
de corso’ para imputar una actividad delictiva sin estar
constatada y probada”. Quien así se expresa es la letrada
del presidente regional del Partido Popular de Ceuta, Luz
Elena Sanín quien presentó el pasado lunes un requerimiento
notarial para el líder de la oposición en la Asamblea,
Mohamed Ali y su compañero de banco, Mohamed Mussa dándoles
la oportunidad de retractarse de las afirmaciones realizadas
a través de una nota de prensa en las que señalaba sus
“fundadas sospechas” sobre que quien sufragó alguna de las
facturas del Congreso del PP fue el propio gobierno de la
Ciudad Autónoma.
Luz Elena Sanín que tiene concedida la compatibilidad de su
labor de senadora por Ceuta con su profesión de abogada es
quien lleva el caso de Pedro Gordillo contra Alí y Mussa,
los nombres vinculados como responsables de las siglas UDCE
e IU respectivamente.
Para la letrada, “existe premeditación en la intención de
dañar y menoscabar la imagen del perjudicado” por cuanto el
comunicado de prensa emitido por UDCE-IU tiene la misma
fecha que la petición de las cuentas a la sociedad Puerta de
Africa [que sustenta al Tryp] sobre la celebración del
Congreso regional del PP.
Luz Elena Sanín defiende que “no puede fundamentarse la
imputación de un delito en un simple juicio de valor”, por
lo que antes de emitir un comunicado públicado “debe
constatarse y probarse”.
En rigor, lo que se pretende es confirmar que si el líder de
UDCE y el de IU no se retractan “quiere decir que corroboran
sus afirmaciones”, lo que, a juicio de la letrada Sanín,
“implicaría el encubrimiento de un delito si es que no se
acude a los tribunales”, que es en definitiva hacia donde se
encamina el caso, bien por acción o por inacción.
Si Alí y Mussa “no acuden a denunciar a los tribunales lo
que han aireado públicamente”, esto es, que se pague con
dinero público un gasto privado, “cometen el delito de
encubrir un delito”.
Quizá no acuda “por no incurrir en el delito de falso
testimonio” ante el Tribunal, señaló la abogada defensora
del presidente regional del PP ceutí, Pedro Gordillo.
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El requerimiento notarial es preceptivo para una acción
penal
Pedro Gordillo lo tiene
meridianamente claro y asegura que no permitirá que “se
mancille mi nombre” gratuitamente. Por eso acude, en primer
lugar al notario, como acto previo y preceptivo para iniciar
un procedimiento penal contra Mohamed Ali y Mohamed Mussa,
los nombres que se encuentran tras las siglas de UDCE y de
IU respectivamente para “denunciar lo que entiendo es un
‘presunto’ delito de injurias y calumnias”. Tanto Alí como
Musa ya han recibido la comunicación del notario por lo que
desde la fecha de recepción cuentan con 48 horas para
retractarse o realizar las apreciaciones al respecto que
crean necesaria. De igual modo, pueden no responder al
requirimiento, lo que provocará la acción penal pertinente
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