A partir de ahora los agentes constatarán la vigencia de
este documento mediante la consulta del Fichero Informativo
de Vehículos Asegurados (FIVA), por lo que en caso de que se
verifique la tenencia y vigencia del seguro, se dará por
acreditado el pago y no se exigirá al conductor ningún
justificante.
No obstante, en las ocasiones en las que no conste la
vigencia del seguro o no sea posible realizar la consulta en
el Registro de Vehículos Asegurados, el agente sí podrá
solicitar al conductor el recibo o justificante del pago del
seguro. De no acreditarse, el conductor recibirá un
expediente de denuncia y se le indicará que en el plazo de
cinco días debe presentar el justificante de pago del seguro
en la Jefatura de Tráfico, ya que en caso de no hacerlo se
precintaría el vehículo. En 2007, el conjunto del país se
tramitaron 160.000 denuncias por no llevar, en el momento
requerido por el agente, este documento, con un importe de
60 euros. La circulación de vehículos sin seguro obligatorio
se sanciona con multas de 1.000 euros para los ciclomotores,
1.250 para las motocicletas, 1.500 euros para los turismos.
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