El delegado de la Jefatura de Inspección de
Telecomunicaciones de Ceuta, Jesús de Manuel, asegura que la
instalación de la Televisión Digital Terrestre (TDT) sólo la
pueden llevar a cabo los técnicos autorizados, que deben
cumplimentar un informe, obligatorio por ley, de sus
actuaciones en los diferentes distritos. Los edificios de
reciente construcción llevan implantados la nueva tecnología
pero los más antiguos deben adaptarse a esta realidad y, por
el momento, no se ha tenido constancia de ella.
Más canales, mejor calidad de imagen y sonido y más
servicios son algunas de las ventajas que tiene la
Televisión Digital Terrestre (TDT) frente al modelo
analógico, que desaparecerá el 30 de junio del próximo año.
Para poder recibir la TDT son necesarios tres pasos: llamar
a un instalador de telecomunicaciones autorizado, que en
caso de una comunidad de vecinos lo hará el presidente;
adaptar la instalación, ya sea individual o colectiva, que
consistirá en el montaje de un módulo amplificador de señal
para las frecuencias. Y disponer de un equipo en casa,
receptor de TDT, que permitirá recibir la señal digital en
el domicilio. Aunque existen viviendas de nueva construcción
que ya traen implantado el nuevo modelo audiovisual. “Tras
la aprobación del Real Decreto en 2005, se implantó la TDT a
nivel nacional. Los edificios más recientes la llevan
incorporada y lo edificios que la habían solicitado antes de
su aprobación, han dado constanciadel correcto funcinamiento
de este nuevo mecanismo”, explicó Jesús de Manuel, delegado
de la Jefatura de Inspección de Telecomunicaciones de Ceuta.
Los inconvenientes han cobrado vida cuando de trata de
bloques antiguos. “En cada Comunidad Autónoma existen unos
técnicos o ingenieros que son los únicos autorizados para
llevar a cabo el proceso de instalación de la TDT. Por ley,
estos profesionales deben hacer constar en la Jefatura de
Inspección de Telecomunicaciones, a través de un informe
detallado, de las instalaciones que se han llevado a cabo en
un plazo máximo de 20 días una vez finalizadas las tareas de
adaptación. Bueno, pues por el momento, no tenemos
constancia y desconocemos, los montajes que se han realizado
en las viviendas de antigua construcción de Ceuta, porque
ninguna empresa, ningún instalador ha traído ningún
informe”, advirtió de Manuel.
La cobertura de la Televisión Digital Terrestre se ha
expandido por toda la ciudad pero pocas han sido las quejas
que han llegado a las manos del inspector. “Hemos tenido
llamadas de teléfono informando de varias quejas sobre las
señales, pero en cuanto se les exige la demanda por escrito
y el informe detallado de la instalación, abandonan la
demanda. A saber“, confesó.
Sin llegar a conclusiones, tras todo lo anterior mencionado,
sólo se puede advertir que una incorrecta instalación puede
acarrear consecuencias legales, como el establecimiento de
un expediente sancionador al instalador autorizado, por no
dar constancia de su trabajo. O que una empresa pierda el
registro de instaladores, “ya que desde un principio se ha
comunicado la obligación de un informe”, concluyó Jesús de
Manuel.
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Mecanismos necesarios para adaptar la instalación colectiva
Para iniciar el montaje de la
Televisión Digital Terrestre, la comunidad de vecinos debe
presentar un acuerdo, un estudio técnico, un análisis
documentado o un proyecto de telecomunicaciones a la empresa
instaladora. Esta tiene dos obligaciones fundamentales: la
primera, entregar a la propiedad un boletín de instalación y
un protocolo de pruebas. Y a segunda, presentar una copia
del acuerdo o estudio técnico, el boletín de instalación y
el protocolo de pruebas a la Jefatura de Inspección de
Telecomunicaciones, para lo que tendrá un plazo máximo de 20
días, una vez finalizadas las tareas de adaptación. Recordar
que el titular de la propiedad, o presidente de la
comunidad, encargará los trabajado de actualización de la
instalación a una empresa de telecomunicación inscrita en el
Registro de Empresas Instaladoras de Telecomunicación de la
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones.
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