La Administración General del Estado ha abierto durante los
últimos trece años, desde 1995 hasta ahora, un total de 29
expedientes administrativos sancionadores en la ciudad
autónoma de Ceuta por construcciones ilegales en la zona de
dominio público marítimo-terrestre, según indicaron ayer
fuentes oficiales
Este espacio es el comprendido entre la línea de bajamar
escorada o “máxima viva equinoccial”, y el límite hasta
donde alcanzan las olas en los mayores temporales conocidos
o, cuando lo supere, el de la línea de pleamar máxima viva
equinoccial. Esta zona se extiende también por las márgenes
de los ríos hasta el sitio donde se haga sensible el efecto
de las mareas.
Esta zona está considerada bien de dominio público
marítimo-terrestre estatal en virtud de lo dispuesto en el
artículo 132.2 de la Constitución. La Ley de Costas
contempla una zona de servidumbre de protección de 100
metros, ampliables a 200 (20 en suelo urbano clasificado
como tal), que se extiende a lo largo de la costa tierra
adentro desde la ribera del mar.
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