Los problemas que no se resuelven de una forma definitiva
acaban, aún sin que ninguno de los implicados lo quiera,
reapareciendo. En octubre del año pasado, la Dirección del
colegio privado concertado Severo Ochoa no permitió a dos
niñas musulmanas durante varios días su entrada con velo
después de que el Consejo aprobase un reglamento que
prohibía el uso de prendas ajenas al uniforme estipulado. El
MEC “recomendó” al centro aceptarlas. Lo hizo. El San Daniel
tiene ahora el mismo conflicto.
En el colegio privado (es una cooperativa) y concertado San
Daniel no hay alumnas con hiyab. “Nunca”, que recuerden
todos los consultados, los ha habido, pero este verano una
alumna veterana decidió ponérselo. Cuando, con el inicio del
curso, volvió a las aulas con él, la Dirección del centro le
hizo saber a ella y a su familia que el uso de la prenda no
está permitido en sus instalaciones al no estar incluida
dentro del uniforme estipulado en su reglamento interno.
Es, casi literalmente, el mismo caso que atormentó durante
varios días a la directora del Severo Ochoa hace exactamente
once meses. Entonces, el Consejo Escolar del centro, también
privado y también concertado, aprobó con el inicio de curso
unas normas que vetaban la entrada a alumnos “con piercings,
pendientes grandes, gorras, pañuelos, viseras, diademas
anchas o cualquier complemento que no responda al uniforme
estipulado”.
Cuando, tras varias advertencias previas, se aplicó a dos
niñas, el caso saltó a los medios y el ministerio, que según
dijo no se plantea legislar “a la francesa” [prohibiéndolos]
el uso de símbolos religiosos en las aulas, “recomendó”
[todas las fuentes consultadas coinciden en que no puede
“obligar”] que se readmitiese a las alumnas con sus velos.
La Confederación Española de Centros de Enseñanzas (CECE),
empeñada en desligar la cuestión educativa de la
ideológica-religiosa, emitió un comunicado asegurando que el
uso del pañuelo islámico por las adolescentes “no responde a
criterios religiosos, sino sociales” y defendió con firmeza
que los centros “tienen derecho constitucional a establecer
las directrices de su proyecto educativo en total libertad”.
Ayer este medio estableció contacto tanto con la Dirección
del centro como con la familia de la niña, de trece años,
aunque ninguna de las partes quiso hacer ninguna declaración
al respecto. Fuentes muy próximas señalaron, sin embargo,
que la joven se ha puesto el velo por voluntad e iniciativa
propia y que el centro “no prohíbe”, sino que “aplica su
reglamento”. Como hace un año, el MEPSYD ha tomado el camino
de la mediación en primer lugar. Entonces concluyó que había
libertad “respetando el sistema educativo general” y las
circunstancias de Ceuta.
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