En febrero de 2007 el acusado retiró un cheque en el banco
Santander que no le pertenecía. Cuando lo intentó una
segunda vez, el cheque no se cobró ya que la entidad
bancaria detecta que era falso. La demandante, que responde
a las iniciales A. D. R, puso una denuncia porque al parecer
le habían robado su bolso, donde se encontraba la chequera,
de la que procedían los cheques utilizados por el acusado,
que finalmente ha sido condenado a prisión por un delito de
falsedad y estafa continuada.
La Audiencia Provincial de Ceuta condenó, en la mañana de
ayer, al acusado C. J. M, a un año y tres meses de prisión y
una multa de seis meses y veintidós días, aportando una
cuota diaria de dos euros. El delito por el que se dictó
sentencia, falsedad documental y estafa continuada,
procedente del Juzgado de Instrucción, número cinco.
Los antecedentes del caso se remontan al 23 de febrero de
2007. Al parecer, a la demandante y testigo, que responde a
las iniciales A. D. R., le robaron el bolso, que incluía una
cartera, accesorios y una chequera. Casualmente, el acusado
C. J. M. , se apropió de dos cheques, desconociéndose, por
el momento, como llegaron a sus manos. De ahí que no se le
haya acusado por robo. El acusado, ya sentenciado, realizó
en un primer momento, el cobro de uno de los cheques en la
entidad bancaria Santander, sin ningún tipo de
inconveniente. A continuación intentó retirar un segundo
cheque pero se detectó que era falso y que no pertenecía a
C. J. M. Finalmente, y casi un año y medio después, los
magistrados de la Audiencia Provincial condenaron al acusado
a un año y tres meses de prisión y una multa de seis meses y
veintidós días, aportando una cuota diaria de dos euros. El
acusado mostró conformidad ante los hechos y reconoció su
culpabilidad. El atenuante de la sentencia, tal y como
explicó en la tarde de ayer su abogada, María José Ortea
González, es que el procesado es drogodependiente.
En otra de las vistas celebradas en la mañana de ayer en la
Audiencia Provincial se le impuso al acusado A. B. una multa
de 459 euros por un delito de cohecho y tenencia ilícita de
armas, caso procedente del Juzgado de Instrucción, número
uno. Los antecedentes se remontan al año 2000, cuando un
agente de policía detecta en el vehículo del condenado un
arma. Este, intentó sobornar al agente, aunque no sirvió
para nada. La multa comprenderá una cuota de un euro y
veinte centímos diarios durante un periodo de doce meses. El
condenado, A.B., mostró total conformidad ante el veredicto
de los magistrados de la sala.
El tercer juicio celebrado en la Audiencia Provincial de
Ceuta, en la mañana de ayer, fue suspendido por la falta de
testigos y la presencia de uno de los abogados del Estado.
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Un delito de agresión sexual, suspendido y pendiente de
sentencia por falta de testigos
A las once de la mañana de ayer
estaban citados en la Audiencia Provincial de Ceuta los
acusados N. A. A. y T. A. L. por un delito de agresión
sexual demandado por R. M. R. Los abogados, los acusados y
algunos testigos llegaron a los aledaños del recinto. Una
vez en la sala de vistas, los magistrados se ausentaron unos
minutos y suspendieron el juicio debido a la falta de
testigos que no acudieron a la cita y del mismo modo, la
presencia del abodado del Estado, que tendrá un plazo de
diez días hábiles para presentar un escrito justificando la
falta de su presencia en la vista. Según el abogado de uno
de los acusados por agresión sexual, el delito será juzgado
en un periodo de dos meses aproximadamente, cuando se cite
nuevamente a las partes involucradas.
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