Veintiséis ceutíes han pedido una excedencia por cuidado de
familiares, un derecho individual de los trabajadores cuya
duración máxima es de tres años por cada hijo y de dos, por
otras personas hasta segundo grado de consanguinidad o
afinidad. El permiso computa a efectos de antigüedad pero
sólo conserva el puesto de trabajo desempeñado hasta el
momento de la acogida durante el primer año.
El número de trabajadores acogidos a una excedencia para el
cuidado de hijos o familiares ha aumentado un 24% en España
entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2007,
fecha en la que se situaba en 58.909 personas. Pese al
incremento experimentado, este bajo total indica que se
trata de un permiso poco frecuente. Así, su incidencia entre
los asalariados que hipotéticamente pueden estar interesados
en acceder a la excedencia [colectivo de ocupados de 23 a 44
años de edad] es apenas de uno por cada 100.
Los autores del artículo, titulado ‘Empleo y cuidados
familiares’ y publicado en la revista ‘Cauces’, lamentan la
escasa difusión pública de la información sobre este tipo de
excedencia.
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