Los representantes de las secciones sindicales en el
Ayuntamiento, la Unión General de Trabajadores (UGT),
Comisiones Obreras (CCOO) y la Central Sindical
Independiente y de Funcionarios (CSI-CSIF), conocieron en la
noche del lunes el contenido del informe del MAP, que llegó
a la Ciudad Autónoma esa misma tarde. El presidente de la
Ciudad Autónoma, Juan Jesús Vivas, les reunió para
comunicarles el contenido del documento, que prácticamente
confirma punto por punto lo ya dicho por los Servicios de
Intervención, que el incremento salarial contemplado durante
el año 2008 es ilegal.
Yolanda Bel, por su parte, comunicó ayer a los medios de
comunicación que “por imperativo legal” no se podrá pagar lo
acordado a nivel nacional y local, esto es, que antes de
2009 todos los funcionarios y personal laboral de las
distintas administraciones debían cobrar catorce pagas
íntegras anuales.
El informe, que fue solicitado al MAP por Pedro Gordillo y
Ángel Javier Díez Nieto, consejero de Presidencia y
viceconsejero de Recursos Humanos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma, respectivamente, preguntaba sobre la posibilidad
de rebasar el incremento del uno por ciento de la masa
salarial previsto en la Ley estatal de Presupuestos, con
objeto de poder cumplir las previsiones retributivas
respecto del abono del complemento específico en las pagas
adicionales de junio y diciembre.
El informe clarifica que el uno por ciento de la masa
salarial tiene “carácter limitativo” y, por tanto, establece
“la inaplicabilidad de cualquier cláusula de acuerdo,
convenio o pacto que pudiera contener previsiones que
superasen el techo del citado incremento”.
De esta forma, el informe ministerial deja poco margen de
acción a las centrales sindicales, pero es que además
incluye jurisprudencia constitucional que apoya el carácter
limitativo, como sendas sentencias del Tribunal
Constitucional de 1986 y 2002, en las que se aceptaba “la
fijación por el Estado de límites al incremento retributivo
de los funcionarios como una legítima medida económica
general de carácter presupuestario dirigida a concretar la
expansión relativa a uno de los componentes esenciales del
gasto público” y “que tiene fundamento en el límite de la
autonomía financiera que establece el principio de
coordinación con la Hacienda Estatal”.
Ambas sentencias niegan la superación del límite de
incremento retributivo fijado en la Ley estatal, aún cuando
dimane de pactos o convenios, considerándolos “inaplicables
y desplazados de su eficacia jurídica”.
Asimismo, el informe rechaza la concesión de créditos
extraordinarios y sumplementos de crédito para alcanzar el
fin del acuerdo con la Administración local.
El documento del MAP cita además otra sentencia del Tribunal
Constitucional, esta de mayo de 2005, en la que da la
posibilidad a la Administración local “de reaccionar frente
a dichos acuerdos ante los órganos judiciales”.
Por último, el informe recuerda que la obligatoriedad de la
consignación y cumplimiento de los criterios básicos
recogidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado ha
sido recordada recientemente por la Dirección General de
Desarrollo Autonómico mediante carta “a efectos de su
observancia en las próximas leyes de presupuestos
autonómicos”.
En consecuencia, el Ministerio de Administraciones Públicas
concluye que “el incremento del uno por ciento de la masa
salarial constituye un límite infranqueable y ha de
prevalecer sobre cualquier pacto o acuerdo en contrario; y
que es un límite al que se ha de subordinar incluso la
consecución del objetivo retributivo perseguido con el
repetido incremento de la masa salarial”.
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Bel revela que se ha solicitado otro informe para saber
cuánto puede pagar el Gobierno a su personal
Yolanda Bel, portavoz de la Ciudad
Autónoma de Ceuta, reveló ayer, en la rueda de prensa
posterior al Consejo de Gobierno, que se ha solicitado a los
Servicios de Intervención que calcule hasta dónde se pueden
incrementar las nóminas del personal teniendo como límite el
uno por ciento de la masa salarial. “Hemos encargado un
informe para darle cumplimiento”, señaló Bel, “donde se
determinen las cantidades que podrían abonarse en cada uno
de los años de vigencia del acuerdo que se firmó a nivel
nacional –2007, 08 y 09– y las posibles medidas que habrían
de ser aplicadas”. Podría darse el caso, por tanto, de que
el límite del uno por ciento se haya superado ya con la paga
del 66% del complemento específico de las pagas
extraordinaridas durante este año, por lo que no se descarta
que la Intervención de la Ciudad determine que las nóminas
de diciembre no contemplen el tanto por ciento ya
consolidado. De esta forma, gracias a este “imperativo
legal”, la Ciudad Autónoma palia en parte los problemas
económicos que atraviesa el capítulo 1 de los Presupuestos
Generales –se ahorra un millón de euros–, destinado al gasto
de personal.
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