El Ministerio de Educación ha
recurrido los decretos que desarrollan el programa de
Educación para la Ciudadanía (EpC) en algunas Comunidades
gobernadas por el PP. Los citados decretos son similares por
un acuerdo alcanzado entre sus responsables y, en ellos, se
han eliminado algunas menciones concretas a la homofobia, la
orientación afectivo-sexual o la práctica del diálogo como
forma de resolver los conflictos.
Conviene recordar que el PP se ha opuesto desde el principio
a la nueva y controvertida asignatura, aunque las decisiones
de sus comunidades no coinciden plenamente. Las más
“combativas” son Madrid y la Comunidad Valenciana, aunque
ésta la pondrá en marcha en Inglés o con un trabajo como
opción. Por otra parte no están dispuestos a apoyar la
objeción de conciencia.
La Comunidad Riojana ha afirmado que se impartirá por
“respeto a la legalidad” aunque algunos se han dirigido a la
Consejería en busca de apoyo, la respuesta de la misma ha
sido que no tiene competencias para posicionarse a favor de
la objeción, porque el Estado es al que corresponde la
regulación de las condiciones de obtención, expedición y
homologación de títulos académicos y podía estar impidiendo
con su actuación que los alumnos riojanos obtuvieran el
correspondiente título oficial acreditativo de sus estudios
con validez en todo el Estado, lo que implicaría que la
Rioja “tenga la obligación de impartir la asignatura”.
Para finalizar la total implantación de EpC, para el curso
2008-09 está previsto su extensión a todas las Comunidades
Autonómicas en 2º de la ESO, en las Comunidades donde
todavía no se impartía; también la versión de la EpC,
Educación Ético-cívica, con carácter obligatorio a los
alumnos de 4º de la ESO y, para el Curso 2009-10, la materia
entrará a formar parte del currículum de Primaria en uno de
los dos últimos cursos (5º ó 6º).
Como por arte de magia, de forma inesperada, después de todo
lo que ha llovido” sobre la polémica asignatura, el Gobierno
y la oposición mayoritaria han abierto una nueva fase en la
controvertida historia de la EpC, asignatura que el próximo
curso se implantará en todas las Comunidades –ahora sólo
está en siete- dentro del calendario de aplicación de la Ley
Orgánica de Educación (LOE).
La Secretaria de Estado de Educación compareció para
anunciar que recurrirá la normativa sobre la asignatura en
la Comunidad Valenciana, que como hemos visto se impartirá
en Inglés y tendrá dos opciones: la enseñanza del programa
en clase o trabajos trimestrales acordados con los padres
con un enfoque “transversal”.
La Secretaria de Estado, como no podía de ser de otra forma,
defendió la materia y afirmó que es aceptable que la EpC se
imparta en Inglés, siempre que se arbitren los medios
necesarios, advirtiendo de que la asignatura no tiene
alternativa, ni lo es de otras, y que el Ministerio debe
garantizar “condiciones similares” de formación en todas las
autonomías.
La postura del Ministerio no es otra que, de forma
definitiva, se abandone la confrontación política en
cuestiones educativas, tendiendo la mano al PP que está
pidiendo reiteradamente a que se llegue a un acuerdo, porque
ello beneficiará a las familias. Pero, ese eventual diálogo,
¿incluiría aspectos de contenidos? Parece ser que sí, que
llegarán a superar las dificultades para entenderse, pero
sobre ideas, no sobre “conveniencias”.
Por parte del PP, su portavoz de Educación en el Congreso,
reiteró que hasta que se pronuncie el Tribunal Supremo sobre
los recursos, su partido “respalda” la objeción de
conciencia como “un derecho constitucional” y valoró
“positivamente” que algunas familias lo hayan ejercido
porque “fortalece nuestra democracia”. Se reafirmó en que la
asignatura es “perfectamente prescindible” e instó al
Gobierno a que la retire mientras no se consensúe un
contenido “estrictamente educativo” y basado en “incluir
contenidos que no hayan sido objeto de un pacto social”.
Es conveniente conocer que, en fecha reciente, primeros días
de Mayo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA),
estimó parte del recurso de varios padres andaluces contra
la EpC, declarando nulos algunos de sus contenidos por
rebasar la neutralidad ideológica, que sí se rebasa en esos
reales decretos, porque la regulación revela a las claras
que está más allá de transmitir los valores de libertad,
justicia, igualdad y pluralismo político, recogidos en la
Constitución, sobrepasando una enseñanza teórica y práctica
de los principios democráticos de convivencia”.
Así estima la forma parcial el recurso y declara “la nulidad
de algunos textos”. Concretamente, se declara nula una frase
del currículo correspondiente a Primaria que habla de que se
requieren ciudadanos dispuestos al rechazo de “todo tipo de
discriminación por razón de nacimiento, de capacidad
económica o condición social de género y de raza”. En este
sentido, afirma que la expresión “de género” sustituye a la
expresión constitucional “de sexo” para introducir
explícitamente la ideología de género en el currículum. Por
ello, declara nula la expresión “de género”…
Es posible, bajo mi punto de vista que, después de lo que ha
dado de sí la EpC, hasta el momento y, teniendo en cuenta la
“buena” predisposición de los interlocutores, que haya un
final feliz.
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