El contrato firmado entre el Ministerio de Fomento y la
compañía Trasmediterránea para que esta última se haga cargo
de diversas líneas de interés público, entre la que se
encuentra aquella que conecta a través del Estrecho a Ceuta
con la Península, exige que antes de septiembre de este año
las embarcaciones de la naviera estén dotadas de una
infraestructura que permita el movimiento de personas en
sillas de ruedas.
La compañía naviera Acciona Trasmediterránea deberá
modificar la infraestructura de aquellas embarcaciones que
cubren las travesía entre la Península y las ciudades de
Ceuta y Melilla para permitir que aquellas personas que se
desplacen en silla de ruedas puedan acceder con comodidad y
seguridad al ferry, así como moverse sin problemas en su
interior. Así lo establece una de las cláusulas del convenio
que la naviera firmó con la Secretaría General de
Transportes de Marina Mercante en septiembre de 2006, que
indica que la norma es de obligado cumplimiento tras pasar
dos años de la rúbrica, fecha que cumple el 7 de septiembre
de este año.
Concretamente, en el punto número 20 del artículo 4b se
especifica que, en el caso de que las personas que usen
silla de ruedas para su desplazamiento entren en el barco en
su vehículo, a través de la bodega, “de acuerdo con las
características estructurales y la seguridad del buque, se
establecerán plataformas elevadoras o ascensores”.
Precisamente, este elemento de elevación mecánica brilla por
su ausencia en las embarcaciones que gestiona la naviera
Acciona Trasmediterránea en el Estrecho de Gibraltar, “salvo
el ‘Avemar’, que tiene ascensor, y el ‘Pacífica’ de
Euroferrys” éste último, empresa adscrita al grupo. Así lo
manifestó el Capitán Marítimo de Ceuta, Jesús Fernández Lera,
que matizó que “únicamente éstos presentan una
infraestructura suficiente” para permitir la entrada
adecuada de personas. Fuentes de Acciona indicaron que la
empresa dispone de sillas especiales y acompañantes en todas
sus embarcaciones, y confirmaron que el ‘Avemar’ y el
‘Pacífica’ son los buques que cuentan con elevadores desde
la bodega.
Normativa OMI en el aire
Que la infraestructura de una embarcación para el transporte
de viajeros sea apta para el desplazamiento de personas con
movilidad limitada está reseñado en las normativa de la OMI
-normativa internacional sobre el transporte marítimo de
personas- aunque con carácter de recomendación, y no como
norma de obligado cumplimiento. Desde luego, “sería algo
positivo para los viajeros” que la accesibilidad en las
embarcaciones se aplicara como un imperativo establecido por
norma, y no “como una sugerencia”.
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