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OPINIÓN - LUNES, 5 DE MAYO DE 2008

 

OPINIÓN / EL MAESTRO

Plan específico de convivencia
 


Andrés Gómez Fernández
andresgomez@elpueblodeceuta.com

 

Andalucía, junto con Cataluña, Madrid y Valencia, es una de las comunidades autónomas con mayor índice de denuncias por violencia escolar. El Informe Violencia Escolar: el maltrato entre iguales, elaborado por el Defensor del Pueblo, recoge que los insultos han disminuido pero las amenazas graves han aumentado… La depresión es la causante del 6,7% de las bajas de los profesores. En el resto de países del entorno europeo y Latinoamérica el problema es similar.

Andalucía ya se ha puesto mano a la obra. El deterioro de las relaciones entre profesores, alumnos y padres, y los episodios de violencia graves registrados en los últimos años, han empujado a la Junta a aprobar un decreto con medidas para promocionar la cultura de paz en los centros públicos y concertados, después de un amplio debate y de varios intentos por minimizar el problema. Este marco incluye medidas ya puestas en marcha por algunos equipos directivos, de forma voluntaria y anticipada, pero supone un respaldo jurídico para los afectados, ya que tipifica con claridad qué conductas son contrarias a las normas de convivencia, si el perjuicio que ocasiona es leve o grave y cuáles son las correcciones o sanciones que se deben aplicar.

Entre las conductas contrarias a las normas de convivencia se encuentran: perturbar el funcionamiento de la clase, no colaborar en las actividades de forma sistemática, impedir que los compañeros estudien, llegar tarde, ausentarse del aula sin justificación, ser desconsiderado con el personal educativo o causar daños.

A la hora de aplicar las medidas correctoras, se tiene en cuenta la edad y circunstancias familiares y sociales del menor y se puede expulsar por tres días al alumno si comete tres faltas leves tipificadas. En otros supuestos más graves, los directores están habilitados para decidir si el alumno debe dejar de estar matriculado en el centro. Hay unos plazos de información e instrucción y el afectado puede recurrir.

Todos los consejos escolares deberán contar con un plan de Convivencia más amplio, cuyo objetivo es articular unos protocolos de actuación que permitan detectar situaciones de riesgos, exista o no un nivel alto de conflictividad en el centro. En este sentido, se intenta que los centros tengan autonomía para ello, pues son quienes conocen mejor el entorno del alumnado y sus problemas específicos.

Todo ello a la práctica mediante un Observatorio para la Convivencia Escolar. Es un órgano consultivo donde están representados los miembros de la Administración, agentes sociales, patronales, alumnado, padres y expertos de prestigio. La intención es que no sea un mero espectador, sino que realice estudios para ayudar a los centros y aportarles documentación.

Ya, en Andalucía, algunos centros han puesto en marcha el Plan Específico de Convivencia. Una de las primeras iniciativas de algunos de ellos ha sido la creación de la llamada “aula de convivencia”, para disminuir el clima de violencia en las aulas. En dicho aula, cuando se produce en el centro un conflicto menor, y es observado por otro alumno, éste invita a los “contendientes” a que reflexionen sobre el origen del enfrentamiento, generalmente verbal, y que sean ellos los que den solución al conflicto.

Un instrumento legal en los centros es el “parte” de denuncia, documento con el que se inculpa a un alumno. Lo deben firmar los padres, y si se acumulan tres, es objeto de falta grave. Es una forma para controlar la indisciplina, pero también “prescriben” y hay veces que la única solución es la expulsión, que si es temporal, acrecienta el problema y si al expulsado se le cambia de centro, la modificación de conducta no se produce: continua lo mismo que en el centro de origen.

La obligatoriedad impuesta por la LOGSE de estudiar hasta los 16 años, ha dado lugar a la aparición de los conocidos como “objetores escolares”. No se puede obligar a quien no quiere estudiar y, en general, para los alumnos es muy difícil buscarles una salida. A veces, el refuerzo en las horas lectivas, puede significar un instrumento útil para conseguir motivarlos. Cuando no se consigue el efecto deseado el alumno abandona.

En algún centro se ha introducido la figura del “alumno ayudante”, como mediador, aunque se corre el riesgo de considerarlo como un “infiltrado del profesorado”, cuando lo que representa es un compañero capacitado para detectar problemas en su grupo, que sabe escuchar y que es capaz de ayudar a quien esté solo o no tenga amigos. Los alumnos elegidos como “ayudantes” necesitan de un período breve de preparación y son colaboradores para mejorar la convivencia en el Centro. Se sugiere que cada grupo-clase se encuentre un “ayudante” ya que su convivencia con el mismo es fundamental, lo mismo que su presencia en los recreos.

Pero, ¿es solución que intervenga la justicia? Algunos juzgados han comenzado a dictar órdenes de alejamiento para proteger a las víctimas del acoso escolar. Unos juristas están convencidos de que la solución es que la Justicia trabaje de la mano con Educación. Y se considera que los centros escolares deben tener grupos de psicólogos, porque la expulsión, sin más, no es solución.

En todos los centros de nuestra ciudad se está trabajando en la elaboración de un Plan de Convivencia para su puesta en marcha el próximo curso. He tenido acceso al que está ya finalizado en el Colegio Público “Maestro Juan Morejón”, donde el coordinador del Plan, se muestra muy ilusionado con el trabajo elaborado.
 

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