Un ceutí que responde a las iniciales D.E.J. fue condenado
ayer por el tribunal de la Sala VI de la Audiencia
Provincial de Cádiz por un delito contra la salud pública.
Las partes llegaron a una conformidad mediante la cual el
individuo cumplirá la pena, aunque fue absuelto de un delito
de tenencia ilícita de armas.
Los hechos a los que se refiere el proceso ocurrieron en el
año 2002, cuando la Policía Nacional registró la casa
familiar tras diversos indicios que apuntaban a que el hijo
del acusado se dedicaba al tráfico de drogas. En el
domicilio, los agentes encontraron un kilo de hachís,
setenta gramos de papelinas de cocaína y una pistola. Por
ello, el joven debería haber sido detenido y acusado de un
delito contra la salud pública y otro de tenencia ilícita de
armas, aunque el padre se auto inculpó para librar a su hijo
de la condena, tal y como confesó ayer delante del tribunal.
Así, fue D.E.J. el que fue trasladado a las dependencias
policiales y puesto bajo disposición judicial, aunque la
Policía Nacional continuaba sospechando del joven.
Seis años después, el caso se resolvió en los tribunales y
la defensa aceptó la petición de condena exigida por el
Ministerio Fiscal, fijada en seis meses de prisión. En las
conclusiones, se dedujo que el acusado había incurrido en la
ocultación de los hechos para evitar que su hijo fuera
detenido y que conocía la existencia de la droga en la
vivienda. Por ello, la condena se refiere a la acusación por
el delito contra la salud pública, ya que quedó
inmediatamente absuelto de la tenencia ilícita de armas al
entenderse que no era suya.
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