Según declaró Isabel Valriberas la castración química
obligatoria para pederastas atentaría en concreto contra el
artículo 15 de la Constitución Española, que establece el
derecho fundamental a la integridad física.
Por otra parte, el registro público de este tipo de
delincuentes vulneraría el artículo 18 de la Carta Magna,
que protege el derecho a la intimidad.
No obstante, apuntó que, en su opinión, un registro
específico de acceso restringido a profesionales policiales
y judiciales cabría en la legislación española.
Por otro lado, Isabel Valriberas señaló que, habida cuenta
de que las penas privativas de libertad para este tipo de
delitos “no son muy altas”, en su opinión no sólo deberían
endurecerse, sino también estipularse el cumplimiento
íntegro de las mismas, respetando el tiempo máximo que un
preso puede estar en prisión.
Asimismo la también consejera del Consejo de la Abogacía,
indicó que la pena de prisión es un castigo que, para
algunos delitos, “no es suficiente”, por lo que habría que
estudiar qué medidas de seguridad imponer a los condenados
por pederastia una vez quedan en libertad, como estar
localizados permanentemente y obligarles a seguir un
tratamiento psicológico.
Especialización de la Justicia
Para Isabel Valriberas, es necesario que haya una
especialización de la justicia para que estos asuntos, al
igual que en el caso de los malos tratos, tengan un
“tratamiento especial”, a través, por ejemplo, de una
fiscalía especial para este tipo de delitos.
Además la decana del Colegio de Abogados de Ceuta, apuntó
que es importante que se agilice la burocracia a la hora de
ejecutar la sentencia contra un pederasta, en lugar de darle
a todas las condenas el mismo trámite, para que el
cumplimiento de la pena “sea lo más inmediato posible”,
porque “no es lo mismo un hurto que un delito de abuso
sexual de menores”.
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