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ACTUALIDAD - VIERNES, 15 DE FEBRERO DE 2008


asamblea de ceuta. archivo.

impuestos
 

Telefónica debe a la Ciudad algo más de 1’5 millones de euros de IPSI

Una sentencia del Juzgado de lo
Contencioso Administrativo da la razón
a los Servicios Tributarios de la Ciudad
Autónoma que denunció a la operadora
de telefonía en el año 2005

CEUTA
Antonio Gómez

local
@elpueblodeceuta.com

La empresa de Telefonía no ha pagado el IPSI desde que éste entró en funcionamiento [1997]. Sin embargo la reclamación de los Servicios Tributarios de Ceuta se inicia en 2003. Ante la negativa de Telefónica a abonar el impuesto local por considerarse exenta, se elevó denuncia al Juzgado de lo Contencioso Administrativo.

Telefónica deberá pagar a la Ciudad Autónoma más de 1’5 millones de euros en concepto de Ipsi no abonados desde el año 2003, después del fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo dando la razón a la entidad denunciante, el organismo autónomo de los Servicios Tributarios de la propia Ciudad.

Apelado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de momento la sentencia da la razón a los Servicios Tributarios que desde 2003 reclama a Telefónica el abono del Ipsi por las facturas generadas en Ceuta.

Sin embargo, el operador de Telefonía defendía que se amparaba en una ley de 1987 por la que Telefónica no abonaba los impuestos municipales (IBI, el IAE…) a cambio de compensar a los municipios con unos porcentajes de su facturación. En el año 1997 se crea el IPSI como sustitutivo del IVA en Ceuta. Aún así, Telefónica insistía en que se trataba de un impuesto municipal. Tésis que sigue manteniendo actualmente basándose en que su actuación está cubierta por la ley 15/1987 de exención de impuestos municipales para la operadora.

El ahora organismo autónomo de los Servicios Tributarios han mantenido, sin embargo una postura inflexible en la defensa de los intereses de la Ciudad Autónoma argumentando que el IPSI no es un impuesto recogido en la Ley de 1987 y que, por ser un sustitutivo del IVA en Ceuta, como lo es el CABILDO en Canarias, tanto Telefónica como cualquier otra empresa que facture en la ciudad autónoma debe ingresar el IPSI a la Ciudad.. El argumento es indiscutible: “Del mismo modo que en la península, Telefónica, repercute en sus facturas el IVA; en Ceuta debe hacer lo propio pero con el porcentaje destinado para el IPSI”, han defendido contra viento y marea los Servicios Tributarios de la Ciudad Autónoma.

Precisamente el IPSI grava los servicios realizados en Ceuta. Las demás operadoras [Vodafone y Orange] sí repercute el porcentaje del IPSI en sus facturas. El hecho de que Telefónica no lo hiciera, por tener sus propios argumentos [ya tumbados en primera instancia judicial], provocaría una competencia desleal con el resto de operadoras que contarían con un servicio más caro, precisamente por abonar los impuestos legalmente establecidos.

Los Servicios Tributarios de Ceuta requirieron a Telefónica en varias ocasiones al pago del IPSI, sin embargo el caso fue omiso hasta que el organismo autónomo de la Ciudad Autónoma realizó la primera liquidación de impagos desde 2003 a 2005. Después de varios ‘rifi rafes’ judiciales, el Juzgado de los Contencioso Administrativo de Ceuta ha condenado a Telefónica a la obligación de repercutir el IPSI en la facturación de sus clientes en Ceuta, abonarle ese impuesto a la Ciudad Autónoma y sufragar la deuda registrada por el reiterado impago desde 2003. La cifra asciende a algo más un millón y medio de euros [algo más de los 250 millones de las antígüas pesetas].

Telefónica, por tanto, merced a esta sentencia [aunque ha apelado al TSJA] debe repercutir el IPSI a sus clientes en Ceuta, motivo por el cual están enviando misivas personalizadas advirtiendo a la clientela del cobro del impuesto local en las subsiguientes facturaciones.
 

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