La titular del Ministerio de Pesca, Elena Espinosa,
hicomunicó ayer a través del BOE que el próximo viernes 15
de febrero se establecerá medidas restrictivas en el arte de
pesca con amarre y en los plazos de extracción, para dar un
respiro a diversas especies pesqueras. En los caso de la
merluza, la gamba roja y el boquerón, la situación ha
llegado a ser “preocupante”. La veda se levanta en diciembre
de 2009.
Desde hace varios años se observa un descenso “acusado” en
los volúmenes de captura de diversas especies en aguas del
Mediterráneo español, como es el caso de la merluza, la
gamba roja y el boquerón, informó ayer el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación. Según diversos informes
científicos efectuados por la Administración que las camadas
de estas especies atraviesa por una “situación preocupante”
que obliga a pensar que, de seguir con esta tendencia, “a
medio plazo peligra” la subsistencia de gran parte del
sector pesquero mediterráneo -por consiguientes, también
afecta al litoral ceutí- que vive de las modalidades de
arrastre y cerco.
Así, el Estado ha tomado la determinación de aplicar un
nuevo Plan integral de gestión para la conservación de
recursos que se pone en marcha el próximo 15 de febrero
hasta diciembre de 2009, el cual afecta a los buques
incluidos en el censo de la Flota Pesquera Operativa de la
Secretaría General de Pesca Marítima que operan en el
caladero del Mediterráneo, localizado entre Algeciras,
Ceuta, Melilla y las aguas jurisdiccionales españolas
delimitadas por el meridiano de Punta Marroquí.
Este Plan de protección impone la restricción de
determinados artes de pesca: queda prohibida la pesca de
arrastre de fondo a profundidas superiores a 1000 metros en
todas las aguas exteriores del litoral mediterráneo español;
los periodos autorizados para ejercer la pesca se reducen a
cinco días por semana y doce horas por día para los buques
que se dedican a la pesca de arrastre de fondo; para la
pesca con arte de cerco será de cinco días por semana para
cada buque -en ambos casos, el periodo de descanso semanal
será, como mínimo, de 48 horas continuadas; para la pesca
con palangre de superficie, la restricción sólo permitirá
240 días de pesca al año, con un máximo de 24 días por mes.
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