El Juzgado de lo Social de Ceuta ha dictaminado a favor de
la denuncia realizada por la Federación de Servicios y
Administraciones Públicas de Comisiones Obreras (FEAPS-CCOO)
de Ceuta, al entender que este sindicato lleva razón en la
reclamación sobre el incumplimiento de la Normativa laboral
de Higiene Industrial por parte del Ministerio de Defensa en
la ciudad autónoma, al estar parte de sus trabajadores
expuestos a productos tóxicos sin la debida protección.
Dicha resolución obliga al citado Ministerio en todos sus
centros de la Ciudad Autónoma de Ceuta a realizar una
evaluación de riesgos higiénicos tanto en sus instalaciones
como para dichos trabajadores. Se da la circunstancia de que
la Unidad Logística (ULOG) 23, ya ha abordado un estudio
previo valorando la efectiva existencia de riesgos para
algunos trabajadores en dependencias ceutíes de Defensa. El
mencionado fallo podría tener un efecto dominó en el resto
del territorio español, donde se estén sufriendo estas
deficiencias.
La normativa vigente contempla que en caso de existir
alternativa para la retirada de los productos que producen
la toxicidad, éstos deben ser retirados, o que, de forma
contraria, se persiga neutralizar los riesgos que pueden
ocasionar entre quienes los manipulan administrándoles la
protección adecuada.
No es la única vez que en este mes CCOO de Ceuta ha obtenido
la razón en sus denuncias. Así, hace unos días, el
Ministerio del Interior falló que la prestación del servicio
de vigilancia privada en el recinto de la factoría de ATLAS
no está autorizado.
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