Los finales no son siempre como en los cuentos de hadas. En
la actualidad, divorciarte de mutuo acuerdo y obtener la
custodia compartida de los hijos es lo mejor que le puede
pasar a un matrimonio desgastado por la convivencia. Sin
embargo, esta situación dista mucho del caso particular de
Francisco Guerrero (nombre ficticio), casado desde 1976 y en
trámites de divorcio.
La incomunicación con sus dos hijas, de 21 y 26 años de
edad, y el escaso entendimiento entre ambos han provocado la
peor de las situaciones en este hogar. “Hay un gran malestar
porque yo soy serio, muy machacante y me preocupo demasiado
por ellas, por eso soy el que sobro en casa”, asegura
Guerrero.
Según describe la situación, su familia política aconseja en
su contra a sus hijas y la situación se agrava hasta el
punto de que la mayor obtiene un certificado psiquiátrico en
el que el médico constata el malestar psicológico que
Francisco le está causando. Considerando las consecuencias,
su mujer le pidió que se marchara de casa “para no tener una
desgracia”, puesto que la hija amenaza con tirarse por una
ventana, y este le solicita el divorcio.
Lo que en un principio se intuía como un proceso de mutuo
acuerdo, se torna enrevesado por la repartición de dos
viviendas, llegando a un acuerdo al que se interponen sus
dos hijas. En todo el proceso, las agresiones indirectas a
Francisco se suceden y, finalmente, su mujer -aconsejada por
las hijas- tramita una denuncia por amenazas y obtiene una
orden de alejamiento.
El pasado día 17 debía haberse celebrado la vista del
juicio, sin embargo ambas partes intentaron obtener una
sentencia por conformidad. El Fiscal pedía una pena de 3
años de cárcel, a la que Francisco, el acusado, se negó a
aceptar. Posteriormente, la solicitud se rebajó a 9 meses de
condena que él volvió a rechazar. “No son ciertas las
amenazas, no puedo aceptar una condena por algo que yo no he
hecho”, asevera Guerrero, a la vez que se enerva al pensar
que “mis hijas son las que tienen amenazadas a su madre”.
Finalmente, el juicio se celebrará el próximo día 1 de
febrero y el acusado intenta recopilar pruebas que acrediten
su inocencia ante una denuncia de “cargos falsos”. En caso
de que el Juez de la sala determine la culpabilidad de
Francisco, este deberá cumplir una condena de 9 meses por
cada una de las tres denuncias presentadas, por el mismo
motivo.
Ahora, Francisco se siente desamparado por la ley. “No
existe ninguna protección para los hombres y ningún abogado
da garantías de salir ileso de denuncias por malos tratos o
amenazas, aun siendo falsas, y se juzga muy a la ligera”,
comenta y concluye diciendo que “no se puede generalizar y
meter a todos los hombres en el mismo saco”.
Desamparados por la ley
El artículo 14 de la Constitución Española reza: “Los
españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer
discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia
personal o social”. Sin embargo, a diario encontramos leyes
y servicios públicos que no cumplen con este precepto.
Sin ir más lejos, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género establece únicamente a la mujer como
víctima de malos tratos y efectuando una discriminación
positiva al penalizar el maltrato doméstico sólo cuando el
agresor es un hombre y la víctima, una mujer. Así, en la
exposición de motivos de la ley se recoge que “se trata de
una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho
mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores,
carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y
capacidad de decisión”. Pero, ¿y cuando la víctima de la
violencia en el hogar es un hombre que ley se aplica?
El presidente de la Asociación de Padres de Familia
Separados en Ceuta, Carlos Coronado, ha recibido multitud de
e-mails denunciando la desatención recibida en el teléfono
de atención a víctimas de malos tratos por violencia de
género (016). “Una vez que les toman todos los datos, al
comprobar que la persona agredida o amenazada es un hombre
les dicen que este servicio sólo atiende a víctimas
mujeres”, asegura. Pero, ¿y cuando la víctima es un hombre a
dónde debe acudir a pedir ayuda? ¿Dónde están los centros de
acogida para hombres maltratados? ¿Existen pisos de acogida
para hombres obligados a abandonar el domicilio conyugal por
sentencia judicial de separación?
En el caso de que un matrimonio se divorcie, el domicilio
conyugal aún esté hipotecado y este se le conceda a la mujer
para su uso y disfrute por una orden judicial, el hombre
tiene la obligación de seguir pagando la hipoteca hasta
saldar su deuda con el banco. Si su solvencia económica no
le permite seguir haciéndose cargo del pago, la deuda se
incrementará año tras año hasta que finalmente abone el
importe íntegro, puesto que el banco no podrá embargar la
vivienda al existir una sentencia que se la otorga a la
mujer.
La lucha por la consecución de la custodia de los hijos es
otro de los ámbitos en los que parece que no se avanza, dado
que en el 97 por ciento de los casos se le otorga a la
madre.
Por lo tanto, la tan ansiada igualdad de sexos existirá en
el momento en el que no se perjudique a unos en beneficio de
otros.
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