El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de
Ceuta verá hoy a partir de las 10.30 horas la vista para
decidir si accede o no a imponer las medidas cautelares que
los tres ex militantes socialistas que presentaron una
demanda de protección de sus Derechos Fundamentales contra
la decisión de Ferraz de disolver el partido, con lo que, de
aceptarse, el PSOE ceutí volvería a tener una Gestora al
frente.
El PSOE ceutí podría vivir esta mañana lo único que le
falta: una regresión temporal. Si esta mañana el titular del
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ceuta
acepta imponer las medidas cautelares solicitadas en la
demanda que presentaron contra Ferraz tres ex militantes
socialistas el pasado 14 de noviembre esta noche el PSOE
Regional volverá a existir con Enrique Moya al frente de la
Comisión Gestora que la Federal defenestró el pasado 10 de
octubre, cuando decidió aniquilar la formación.
El ex presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, Basilio
Fernández; el secretario general de UGT, Antonio Gil, y el
que fuera miembro de la Ejecutiva Regional socialista local
José Luis Martínez López, presentaron el pasado 14 de
noviembre una demanda de protección jurisdiccional de sus
Derechos Fundamentales, entre ellos el de participación
política como elegibles en las elecciones generales del
próximo mes de marzo, solicitando la “nulidad radical” de la
disolución del partido y, en todo caso, su suspensión
cautelar en tanto se dicte una sentencia definitiva, con lo
que se volvería a la situación previa a dicha orden.
Los demandantes recurrieron a la Justicia tras agotar “todas
las vías de diálogo” con el partido. “Hay cosas a las que
una persona, y más un socialista, no puede renunciar, sobre
todo si así se puede hacer un bien al partido”, reflexionó
Fernández tras presentar la demanda, en la que se acusa a
Ferraz de haber vulnerado “tanto en la forma como en el
fondo” los artículos 22 [del derecho de asociación], 24
[sobre la tutela efectiva de jueces y tribunales] y 25
[relativo, por extensión, al derecho sancionador] de la
Constitución Española, así como la Ley Orgánica de Partidos
Políticos y la Ley Orgánica Reguladora del Derecho de
Asociación.
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