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sociedad - SÁBADO, 8 DE DICIEMBRE DE 2007


Los pensionistas cobrarán más. ARCHIVO.

datos
 

La Seguridad Social mejorará la pensión de 325 jubilados ceutíes

El aumento variará entre los 18 y los 63
euros al mes, dependiendo de la edad del beneficiario en el momento en que se produjo la jubilación anticipada antes del año 2002
 

CEUTA
Sheila Anaya

local
@elpueblodeceuta.com

Un total de 235 jubilados de la ciudad se beneficiarán de la mejora de las pensiones que aplicará la Seguridad Social a partir del 1 de enro de 2008. Para acceder a esta prestación, los beneficiarios deben haberse jubilado anticipadamente antes del año 2002 por causas no imputables a la libre voluntad del trabajador o acreditar al menos 35 años de cotización. El incremento en las cuantías va desde los 18 a los 63 euros, en función de la edad con la que se haya jubilado el solicitante.

Este aumento se recoge en la Ley de Medidas en Materia de Seguridad Social y en toda España se beneficiarán de él 430.821 pensionistas. Por edades, los trabajadores con 60 años en el momento de la jubilación percibirán 63 euros al mes, lo que resulta 882 al año; con 61 años se cobrarán 54 euros más y con 62 el incremento se sitúa en 45 euros, aquellos que tenían 63 años cuando se jubilaron percibirán 36 euros y a los de 64 años corresponderá una cuantía de 18 euros al mes.

La norma lo que trata es de equiparar a estos pensionistas con quienes realizaron su prejubilación con posterioridad y se beneficiaron de la modificación legislativa que entró en vigos a partir de 2002 y que rebajó los coeficientes reductores. Así, los prejubilados anteriores a ese año vieron reducida la base reguladora de su pensión en un 8 por ciento por cada año anterior a la edad ordinaria de jubilación (establecida en los 65 años) hasta un máximo del 40 por ciento. A partir de 2002 se implantó un sistema gradual que primaba las largas carreras de cotización.

La norma, publicada en el BOE, corrige esta desigualdad y dispone una cantidad a tanto alzado, dependiendo de la edad que el trabajador tuviera cuando accedió a la jubilación anticipada, que se integra y consolida en el importe mensual de la pensión con efectos desde el 1 de enero. El texto recoge como causa forzosa a la jubilación tanto el despido como el cese de la relación laboral dentro de un Expediente de Regulación de Empleo.

Sin embargo, Ceuta es la segunda provincia española que registra un menor porcentaje de beneficiados, sólo superada por Melilla en la que tan sólo podrán acceder a la prestación 39 personas. Las más beneficiadas serían Barcelona y Madrid, con 93.001 y 72.256 prejubilados respectivamente.
 

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