Empieza la cuenta atrás para la solicitud de las nuevas
ayudas a la emancipación promulgadas por Real Decreto desde
el Gobierno y, aún no se ha firmado el convenio de
colaboración entre la Ciudad autónoma y el Ministerio de
Vivienda. Pero ya hay fecha. Paco Márquez, consejero de
Hacienda, se reunirá el próximo miércoles en la capital de
España para cerrar el traspaso de gestión de Madrid a Ceuta.
Estas subvenciones se coordinarán desde la comunidad
autónoma, que será la encargada de evaluar qué personas
cumplen con los requisitos para solicitar las ayudas a
partir del 1 de enero y que se entregarán a partir de
febrero.
Queda menos de un mes para que entre en vigor el Real
Decreto aprobado el pasado 2 de noviembre y que apoya la
emancipación del joven, una de las últimas medidas
electorales del actual Gobierno de España.
Muchos jóvenes ceutíes se preguntan qué trámites hay que
seguir y qué condiciones cumplir para percibir estas ayudas,
pero de momento, poca información suplementaria se puede
ofrecer desde la Ciudad. Y hay que recordar que Ceuta está a
la cabeza de las ciudades más caras en vivienda de segunda
mano. El Ministerio de Vivienda, órgano que ha impulsado
estas subvenciones, mantiene abierto un teléfono de contacto
gratuito (900900707), además de haber habilitado una página
web en la que se comunica, fundamentalmente, las condiciones
de este Real Decreto, añadido al Plan de Vivienda promulgado
en 2005.
Desde el Ministerio de Vivienda se determina que en la
ciudad autónoma de Ceuta la información acerca de este tema
se sirve en la Empresa Municipal de Vivienda, sita en
Teniente José Olmo, nº 2, 3ª planta. Sin embargo, desde esta
ubicación remiten al interesado a la tercera planta del
Palacio Autonómico. Pero en este lugar de trabajo -encargado
en efecto de tratar estas ayudas- aún se carece de la
información estrictamente burocrática para percibir las
ayudas de los ‘210 euros’. Todo avanzará y esas ayudas se
darán, ya que se trata de una orden proveniente de Madrid.
Tanto es así que, Paco Márquez, consejero de Hacienda de la
Ciudad, se reunirá el próximo miércoles en la capital de
España para negociar bilateralmente con el Ministerio de
Vivienda las clásulas del convenio de colaboración de Ceuta
con la medida promulgada por Carme Chacón, ministra de esta
área. Será a partir de entonces cuando los funcionarios del
Palacio Autonómico dispongan de documentación para explicar
el entramado de condiciones que incluye dicho Real Decreto.
El inquilino debe cumplir una serie de requisitos clave para
percibir la subvención y existen ‘trampas’ que eximen a
algunos trabajadores de ingresar la ayuda íntegra o
parcialmente. Entre las condiciones obligatorias se exige:
trabajar, tener entre 22 y 30 años (la prestación se
interrumpe a los 30 aunque habiendo cumplido esa edad
faltaran por cobrar dos años de ayuda), no ingresar más de
22.000 euros al año y haberlo estado haciendo en los últimos
seis meses o tenerlo previsto hacer, por contrato, en los
próximos seis. Si, por ejemplo, en enero le quedan a usted
cuatro meses para finalizar un contrato en su empresa, no
podría solicitar la ayuda hasta que finalizara el contrato y
cobrara el paro. Esta es una de las ‘trampas’ de este Real
Decreto. Para percibir la auyda debe ser titular del
contrato del piso o, por lo menos, ser uno de los firmantes.
¿Cómo se reparten las ayudas en caso de que una misma
vivienda sea habitada por más de un persona? Los 210 se
dividen entre el número de personas que ocupan ese piso. Si,
por ejemplo, los inquilinos son tres, el reparto equivaldría
a 70 euros por persona. Estos 70 euros sólo serían cobrados
por aquellos miembros que cumplieran con las condiciones
exigidas. Es decir, un estudiante que morara en esta
vivienda, quedaría exento y los 70 euros que les
corresponderían a él por el reparto, se perderían. Otra
‘trampa’. Esta ayuda incide en que los jóvenes ocupen
estudios, algo distinto a lo que ocurre con el Plan de
Vivienda de 2005, que fiscaliza las ayudas teniendo en
cuenta la superficie útil de vivienda y el precio del
arrendamiento.
Por último, hay que indicar que, aparte de recibir los 210
euros, el Gobierno también da una dotación de 120 euros en
concepto de aval y presta 600 euros para la fianza del piso,
Los 210 euros se percibirán mensualmente mediante cuenta
corriente.
Fecha clave
El día 1 de enero es la fecha a partir de la cual se pueden
solicitar estas ayudas. Según el Ministerio, ocho de cada
diez jóvenes empleados cumplen los requisitos. Aunque la
ayuda se pueda solicitar desde enero, mediante relleno de un
instancia, las subvenciones no se percibirán hasta el mes
siguiente. Si en febrero no se ingresara esa cantidad, en
marzo se abonaría el mes de febrero y de marzo. ¿Es
compatible esta prestación con otras ayudas? La renta de
emancipación es compatible con la deducción fiscal a favor
del inquilino, actualmente en tramitación en las Cortes. Y
es que, a partir de la declaración de la renta de 2008 (que
se presenta en 2009) se podrá deducir el 10,05% de lo que
pague por el alquiler de su vivienda, hasta un máximo
determinado, siempre que se tengan unos ingresos anuales por
debajo de los 24.000 euros netos.
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