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ACTUALIDAD - JUEVES, 12 DE JULIO DE 2007


Panorámica de Ceuta REDUAN.

vivienda / impuestos
 

La Ciudad defiende su derecho a aplicar el IPSI a las cooperativas

El consejero de Hacienda, Francisco Márquez de la Rubia basa la posición del Gobierno en que el impuesto local se ha confeccionado a imagen y semejanza del IVA
 

CEUTA
Antonio Gómez
antoniogomez@elpueblodeceuta.com

La Ciudad pugnará hasta las últimas instancias judiciales en la defensa de lo que cree son los derechos generales de los ciudadanos, en relación con la disputa existente en los tribunales con la sociedad cooperativa ‘Mare Nostrum’ que reclamó la exigencia del pago del IPSI a los socios cooperativistas por la adquisición de sus viviendas.

De momento el Tribunal de lo Contencioso Administrativo ha fallado, en primera instancia, a favor de la Sociedad Cooperativa, pero los Servicios Jurídicos de la Ciudad Autónoma han presentado la oportuna apelación.

El consejero de Hacienda, Francisco Márquez, recién llegado al cargo, se ha encontrado con esta complicada ‘lidia’. Aún así, ha expresado el sentir del Gobierno y en primer lugar ha querido dejar diáfanamente claro que no es una ‘batalla’ contra las sociedades cooperativas “es más”, dijo, “animamos la proliferación de este sistema. Creemos que la fórmula de estas cooperativas ha beneficiado a numerosas familias ceutíes. Las hemos apoyado siempre desde el gobierno. Tanto es así que Emvicesa ha firmado numerosos convenios con cooperativas para que los edificios pudieran levantarse, y pretendemos seguir haciéndolo. Esto es simplemente una pequeña discusión con una cooperativa, no con todas, en cuanto a la presunta aplicación de una normativa que favorece o no, a unos o a otros. Nada más”, aclaró. “Cuando alguien ve sus derechos lesionados tiene la obligación de acudir a los tribunales para que sean éstos quienes decidan quién tiene razón. El Gobierno toma una postura, que es la que cree que le ampara, y entiende que así defiende los derechos generales de los ciudadanos. Y por tanto vamos a seguir peleando por lo que creemos es razonable”, argumentó el consejero de Hacienda de la Ciudad Autónoma.

El IPSI a imagen del IVA

“Apelamos al Tribunal de lo Contencioso-Administrativo, en base a que el IPSI es un impuesto confeccionado a imagen y semejanza de la figura del IVA. La primera referencia que se hace, en la norma, es el hecho que motiva la capacidad tributaria y la cuantificación porcentual del devengo correspondiente. En el caso de la adquisición de primera vivienda nos remitimos a los supuestos contemplados en el IVA, por eso se aplica el Ipsi también a las cooperativas, de igual modo que se les aplica el IVA en la península”.

La Ciudad cree que los tribunales se decantarán finalmente por las razones expuestas por el Ejecutivo “si el juez ratifica, en esta apelación presentada, el primer fallo favorable a la reclamación, iremos al TSJA, a la sala de lo contencioso y creemos que ahí obtendremos una respuesta favorable porque en Andalucía, como en el resto del Estado, las sociedades cooperativas tributan el IVA, como nosotros entendemos que en Ceuta debe tributarse el IPSI. Respetamos las sentencias judiciales pero creemos que este caso merece la reflexión oportuna y por ello hemos procedido a apelar la sentencia dictada, y así continuaremos hasta llegar a la última instancia judicial”, dijo Márquez.

Uno de los principales argumenos empleados por la sociedad cooperativa para evitar el pago del IPSI de la vivienda construida, se basa en que los societarios ya son dueños de la vivienda antes de su construcción y que tributan por el concepto del Impuesto sobre la Producción, Servicios y la importación a lo largo de la construcción. Dado que serían ya, de por sí, propietarios, no existiría la transmisión de vivienda como ha reconocido el juez en la sentencia. Sin embargo, el gobierno de la Ciudad entiende que “hay jurisprudencia suficiente en el Supremo que avala la postura contraria. Aún cuando el sistema de cooperativas tiene una regulación específica, eso no quiere decir que la escrituración final de la vivienda no suponga la adquisición de una primera propiedad y que, por eso, esté gravada con el impuesto correspondiente, que regula este tipo de trasmisiones”, defendió Márquez de la Rubia.

‘Mare Nostrum’ señala que la Ciudad ha eximido del pago de este impuesto a otras cooperativas, sin embargo, el consejero de Hacienda entiende que “se confunden los términos. En función de la capacidad normativa y reguladora de la Ciudad, ha habido subvenciones al pago del IPSI para cooperativas y para viviendas de protección oficial en algunos momentos de la historia de la Ciudad. No se puede confundir una subvención con una normativa general”, dijo.

De momento, en los próximos meses, el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta verá, en segunda instancia, si se reafirma en el fallo dictado por el juez Ignacio de la Prieta, o si por el contrario, corrobora la postura de la Ciudad Autónoma. En cualquier caso, sea cual fuere la sentencia, ésta será recurrida, por cualquiera de las partes, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
 


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