Doce agentes de la Policía Local vigilan cada día, en
horario de 12’00 a 19’00 horas, el estricto cumplimiento de
las ordenanzas municipales referidas al uso público de las
playas. Los funcionarios, que custodian las playas de la
Ribera, el Chorrillo y Benítez, dos de ellas con bandera
azul, cumplen el trabajo previsto desde el inicio de la
llamada temporada de baño “porque además es interés del
presidente Vivas y del consejero, el que toda persona que se
encuentra disfrutando en la playa se sienta segura y
protegida en sus derechos”, ha dicho Ángel Gómez,
superintendente Jefe de la Policía Local.
Nadie debe llevarse a engaño si los funcionarios policiales,
garantes del cumplimiento del Bando Municipal y de las
ordenanzas en esta materia, sancionan a cualquier usuario
que, incluso por desconocimiento, vulnere los prevenido por
el Gobierno de Ceuta atendiendo al buen uso colectivo de los
espacios públicos y, en concreto, el de playas.
En uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2/98, de
28 de julio, de Costas, al presidente-alcalde de la Ciudad
Autónoma de Ceuta, y atendida la necesidad de regular la
utilización racional de las playas en términos acordes con
su naturaleza, procurando mantener un adecuado nivel de
calidad de las aguas y de la ribera del mar, el gobierno
mediante un Bando Municipal, hizo público para conocimiento
de todos los ciudadanos las siguientes prohibiciones que
deben tenerse en cuenta para evitar algún tipo de sanción.
Con independencia de los carteles anunciadores de lo vetado,
está escrupulosamente prohibido el realizar acampadas o
montar campamentos en todas las playas del litoral, a estos
efectos se entiende por: Acampada la instalación de tiendas
de campaña o de vehículos o remolques habitables. Campamento
la acampada organizada dotada de los servicios establecidos
por la normativa vigente.
Quienes vulneren estas prohibiciones, dice el Bando, deberán
desalojar de inmediato, a requerimiento verbal de los
Agentes de la Administración, el dominio público ocupado,
sin perjuicio de la instrucción del expediente sancionador
cuando proceda.
Está prohibida, igualmente, la entrada de animales
domésticos; La navegación deportiva y de recreo, y la
utilización de cualquier tipo de embarcación o medio
flotante movido a vela o motor (winsurfing, mononáutica,
etc.), en la zona de baño, entendiendo que ésta ocupa una
franja de mar contigua a la costa de una anchura de 200
metros, dentro de la cual no se podrá navegar a más de tres
nudos. El lanzamiento o varado no podrá hacerse en la playa.
Prohibiciones
Se prohíbe igualmente el fondeo en zona de baño o amarre a
las balizas; el estacionamiento y la circulación de
vehículos en la zona marítimo terrestre. Adermás queda
prevenida la prohibición de toda clase de juegos, deportes y
demás actividades que puedan causar molestias a las personas
o daños en las instalaciones, exceptuándose de esta
prohibición los espacios habilitados por el Ayuntamiento
para la práctica de actividades deportivas.
Los agentes de Policía vigilarán por la no utilización del
uso de escopetas y otros instrumentos de caza submarina que
pueda suponer riesgo para la seguridad de las personas, e
impedirán, por estar igualmente prohibido el depositar
basura, papeles, envases fuera de los contenedores o
papeleras a tal fin en las playas, así como abandonar
enseres, siendo de aplicación lo dispuesto en la Ordenanza
de Limpieza.
Los agentes de policía deberán velar también por impedir el
abuso del agua de las duchas; la pesca al lanzado u otro
tipo de pesca que utilice plomo y anzuelo desde la orilla de
nuestras playas. Los policías designados vigilarán el
cumplimiento de estas normas y denunciarán a los que la
infrinjan.
El superintendente Jefe de la Policía Local alerta de que,
además de velar por el cumplimiento de las ordenanzas, “los
agentes velarán por la tranquilidad de los bañistas
procurando de que no se produzcan peleas, incidentes, faltas
de respeto e, incluso, que no se produzcan pequeños delitos
contra la propiedad como pueden ser hurtos de enseres que
suelen ser efectuados por los llamados ‘descuideros’ quienes
aprovechan, para actuar, el que las personas se encuentren
en el agua.
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