El magistrado-juez de la Sala Primera del Tribunal Supremo,
Xabier O’Callaghan Muñoz, ofreció ayer, a las 17:30 horas,
aproximadamente, en los salones del Hotel Tryp, una ponencia
que respondía al título ‘Mediación Familiar. Novedades
Legislativas’, que puso fin a las Jornadas sobre Derecho de
Familia que ha organizado durante dos días el Colegio de
Abogados de Ceuta.
Pregunta: ¿En que consiste la mediación familiar?
Respuesta: La mediación familiar es un proceso confidencial,
voluntario y estructurado de gestión y resolución de
conflictos que responden a la necesidad de intervenir en los
procesos de separación y divorcio, ayudando profesionalmente
a las partes de la consecución de acuerdos satisfactorios
para ambos y el logro de su cumplimiento, siendo estos
equilibrados y equitativos.
P: ¿Qué es necesario para llegar a ese acuerdo?
R: Para llegar al acuerdo interviene el mediador y, si hay
un acuerdo previo siempre es mejor y preferible en todos los
sentidos porque lo ejecutarán mucho más favorablemente
cuando han llegado a ponerse ellos de conformidad con lo que
han pactado.
P: ¿En qué tipo de conflictos es aplicable la mediación?
R: Esta intervención se produce cuando existe una
discordancia en una situación de separación o divorcio. La
mediación puede servir para cualquier tipo de conflictos,
pero el motivo por el que esencialmente nos trae aquí es
para resolver los conflictos que se producen por la
separación y divorcio. El acuerdo no es para separarse o
disolverse, sino para evitar los problemas de la ejecución
de esa separación o divorcio. Pueden ser problemas
personales o patrimoniales.
P: ¿Podría aplicarse en Ceuta?
R: Sí. Esta mediación se puede organizar en Ceuta, porque se
lleva a cabo en muchos lugares de España. Se podría
desarrollar por medio de una ley que la regulara. Por
ejemplo, en el Boletín Oficial del Estado del pasado
miércoles salió la Ley de Mediación para la comunidad de
Madrid, y resulta que en esa comunidad se lleva practicando
la mediación desde el año 1991.
P: ¿Puede aplicarse sin una ley que lo regule?
R: Ceuta no tiene ley al respecto, pero Madrid ha estado 17
años llevándolo a cabo sin ley y eso lo puede organizar el
Colegio de Abogados, al que quizá le falte el potencial
económico que necesita, pero puede pedir ayuda a la
Administración local. En todas las comunidades que se ha
hecho primeramente se ha logrado a través de ayudas. Un
Colegio de Abogados muy fuerte, por ejemplo, el de Barcelona
a principios de los 90, lo organizó. Cuando se trata de una
ciudad pequeña como, por ejemplo, San Sebastián, esta lo
montó con la ayuda de la Administración local. Por eso
quiero proponer que lo desarrolle en Ceuta el Colegio de
Abogados.
P: ¿Cuáles son las novedades legislativas en este campo?
R: Las novedades legislativas en este campo son múltiples,
comenzando con el cambio de mentalidad en cuanto a los
conceptos de separación y divorcio, y la ley que extiende el
matrimonio a personas del mismo sexo. Además, se regula la
unión de hecho y también se han producido las reformas de la
tutela, de la adopción y, sobre todo, desde el año 1981, con
el cambio de sistema del matrimonio, se atiende a la patria
potestad, que era exclusivamente del varón y ahora es de los
dos.Otra de las novedades es la filiación: antes el hijo era
legítimo o ilegítimo, y se ha procedido a la igualdad de la
filiación.
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