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OPINIÓN - LUNES, 25 DE JUNIO DE 2007

 
OPINIÓN / EDITORIAL

Avance de la Justicia en la relación padres-madres-hijos

En los inicios de los primeros años del siglo XXI en España, la Justicia comienza a establecer parámetros acordes con la realidad social y de avance, lento pero real, en equiparación de oportunidades entre hombre y mujer.

La sentencia dictada por una jueza catalana retirando la custodia de la madre y otorgándosela al progenitor por el hecho constatado –en ese caso- de que la progenitora influenciara a sus hijos contra el padre, no hace sino dar el primer paso firme hacia la protección real de los menores inmiscuidos –sin quererlo- en los desajustes educacionales y emocionales de las partes en litigio [padre y madre] que logran irresponsablemente utilizar a los hijos como instrumentos a los que transferir la carga de negativos sentimientos motivados por el fracaso conyugal.

La ciega frialdad de la Justicia comienza a evolucionar en el sentido de ‘introducirse’ en las repercusiones sentimentales y emocionales del hombre como especie. La Ley no previene, ni regula, ni valora las cargas sentimentales de los matrimonios extinguidos por el fracaso de la ‘convivencia’; la aplicación de ésta, pues, no contemplaba ni de lejos, la posibilidad de que los hijos [principales actores a proteger] padecieran los efectos de la ‘alienación parental’ instigada por unos progenitores en contra del otro.

Por tanto, la sentencia es un paso evolutivo en los siempre complicados y farragosos procesos derivados de separaciones litigiosas.

Si las leyes modernas procuran la igualdad en el sentido de no diferenciar capacidades por mor del sexo, la Justicia tiene el deber de no fracturar –de inicio- el desarrollo emocional de los hijos separándolos, por edicto, de la figura de uno de los dos progenitores.

Esta evolución social justa, basada en la no diferenciación por causa del género mediante promulgaciones como la Ley de Igualdad, debe contar con la respuesta inmediata de la Justicia en la aplicación en todos los órdenes afectos a las históricas desigualdades por causa del sexo.

Los hijos, por no ser bienes tangibles y, por tanto, difícilmente cuantificables, no deben quedar exentos, ni privados de un justo reparto emocional y de sentimientos que la Justicia, hasta ahora, venía desoyendo por sistema.
 

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