El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco
de Ceuta dictó sentencia condenatoria para S.G.T por una
falta de de coacciones. Los hechos sucedieron el pasado 27
de marzo, cuando dos arquitectos técnicos, requeridos por
una vecina del inmueble de la calle Galea esquina con Simoa,
no pudieron acceder al edificio por el impedimento mostrado
por S.G.T, trabajador de la empresa Construcciones Punta
Almina, propietaria de parte del edificio de Galea.
Según denunció uno de los arquitectos, este trabajador le
impidió el paso en el edificio esgrimiendo medidas de
seguridad y utilizando la fuerza sobre el otro arquitecto.
El juez valoró este hecho y las declaraciones de los
testigos sucedidas durante la vista oral para dictar
sentencia condenatoria para S.G.T. Ésta versa en los
siguientes términos, condenándolo al pago de una multa de 15
días a razón de 10 euros la cuota diaria.
El juez muestra en la resolución de la sentencia que los
motivos de seguridad esgrimidos por el acusado no le
legitiman para impedir “de forma violenta el acceso a la
finca”.
En la sentencia se informa además de que a pesar de que la
finca está declarada en ruina inminente existen ocupantes en
la vivienda, que además reciben todas la visitas y
atenciones que requieren.
La sentencia podrá ser recurrida por el acusado ante la
Audiencia Provincial de Ceuta.
|