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sucesos - LUNES, 11 DE JUNIO DE 2007


Interior de la Audiencia Provincial. ep.

Tribunales / sentencia firme
 

Queda absuelto el encargado de un supermercado acusado de agresión

Pese al recurso que presentó la supuesta víctima ante la Audiencia, ésta se ha ratificado en la inocencia de J.I.R
 

CEUTA
Sonia Martínez J.
soniamartinez@elpueblodeceuta.com

La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha acordado en sentencia firme, ante el recurso presentado por N.A.A.L, por un supuesto delito de agresiones, la absolución e inocencia del supuesto acusado, J.I.R, ratificando de esta forma el fallo que emitió el juez del Penal Número Tres de Ceuta, el pasado mes de febrero.

Ha sido un procedimiento largo el de esta causa presentada por N.A.A.L, por un supuesto delito de agresión. Los hechos denunciados ocurrieron el 25 de mayo de 2007, sobre las 17:15 horas, cuando el denunciante, N.A.A.L se personó en el supermercado ‘Supersol’ del Paseo de Coló para adquirir varios productos.

Tal y como especificó en el escrito el Ministerio Fiscal, este individuo entró en el establecimiento “en un estado de embriaguez claro, dando fuertes voces y molestando a los clientes, llegando incluso a insultar a una de las cajeras del supermercado con calificativos del tipo “eres una mujer, no vales para trabajar, no deberías estar aquí, guarra, hija de puta”.

El gerente del establecimiento, J.I.R, tuvo que intervenir ante el incidente que se estaba produciendo y echar al individuo del supermercado.

Pasada una hora y media aproximadamente, N.A.A.L se dirigió de nuevo al supermercado, situandose justo en la zona de almacenaje. Allí se encontraba el gerentes del establecimiento, J.I.R. Comenzó entonces un forcejeo entre ambos.

N.A.A.L después de esa disputa tuvo que ser atendido en el servicio sanitario de la ciudad por unas lesiones y contusión craneal con herida cutánea, además de una contusión en el hombro derecho. Mientras que el presunto agresor, J.I.R no resultó herido.

Tras la celebración de la vista oral, el juez del Penal dio más credibilidad a la versión del gerente del establecimiento, absolviéndolo del cargo que se le imputaba.

A raíz de esto y teniendo en cuenta la disconformidad de la parte denunciante, se procedió a la presentación del correspondiente recurso ante la Audiencia, el Tribunal volvió a estudiar todo el procedimiento, concluyendo que teniendo en cuenta que el juez basó su fallo en las declaraciones de los intervinientes durante la vista oral y que en ellas la testifical de J.I.R “parecía más convincente”, su fallo iba a ser ratificado.

En la sentencia se especifica además, que sin que la declaración del otro acusado, atendiendo a cuestiones como la utilización de una barra de hierro o la intromisión de un tercero en la pelea para agredirlo no son ilógicas ni razonables, no llegan a “alcanzar la suficiente acreditación” para ser contempladas y condenar por tanto el hecho.
 


Un procedimiento plagado de recursos

La letrada de la acusación particular recurrió la sentencia absolutoria del Penal Número Tres para el acusado, J.I.R, por entender que no se habían tenido en cuenta actuaciones como la agresión con un objeto peligroso como es una barra de hierro. Pese a todo y tras ser estudiado el caso minuciosamente por la Audiencia de Cádiz en Ceuta, el fallo ha sido ratificado y J.I.R ha quedado nuevamente absuelto.

Esta sentencia no podrá ser recurrida nuevamente.
 

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