A partir del 1 de enero de 2010 todos los espacios públicos
y edificios, ya sean nuevos o viejos deberán ser accesibles
a personas con cualquier tipo de discapacidad, según recoge
un Real Decreto aprobado por el Gobierno y publicado en el
Boletín Oficial del Estado (BOE).
Los edificios y espacios públicos deberán estar adaptados
tanto en los aspectos técnicos o de movilidad como
asistenciales.
La legalidad informa de que deberán ser accesibles elementos
de las ciudades como barandillas, sumideros de las calles,
aceras, semáforos, pasos de cebra, marquesinas, paneles
publicitarios, máquinas expendedoras, cajeros automáticos,
etc.
La aplicación de la Ley de Igualdad de Oportunidades, No
Discriminación y Accesibilidad Universal para Personas con
Discapacidad, que entró en vigor el 4 de diciembre de 2003,
se realizará con retraso ya que estaba previsto que para
2005 se hubiera hecho efectiva.
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