El Juzgado de lo Penal Número Dos de Ceuta sentó ayer en el
banquillo de los acusados a J.A.B por un delito de malos
tratos.
El hombre aceptó de conformidad la pena impuesta por el
Ministerio Fiscal, consistente en nueve meses y un día de
prisión y y dos años de prohibición para portar o utilizar
armas.
J.A.B no entrará en prisión, debido a que no contaba con
antecedentes penales y a que tanto la acusación particular
como el Ministerio Fiscal no se opusieron a la suspensión de
la pena privativa de libertad. El juez, sin embargo, le dejó
muy claro al acusado, que si cometía otro delito en un
periodo de dos años, entre ellos, quebrantar la orden de
alejamiento que tiene vigente hacia su ex-pareja, ingresaría
inmediatamente en prisión, cumpliendo la pena impuesta por
el delito cometido y por los nueve meses y un día, que se le
acababa de suspender.
La mujer del acusado no acudió a los tribunales a testificar
acogiéndose a su derecho.
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