El Tribunal Supremo publicó hace escasos días una sentencia
en la que se obliga a la Administración a justificar la
imposición de sanciones de expulsión a los extranjeros en
situación irregular.
Este procedimiento, tal y como se venía denunciado desde
hacía años por las distintas ONGs españolas, no debía ser la
tónica general para tratar a los extranjeros que había
superado el tiempo de estancia regular en el país, ya que la
expulsión se considera en nuestro Código Penal como “la
sanción más grave” que se puede imponer a este tipo de
personas.
“Sin lugar a dudas esta sentencia nos da una gran
satisfacción y supone un varapalo importante para la
Administración que acostumbraba a imponer la expulsión a los
inmigrantes como práctica habitual”, indicaron fuentes de la
organización de CEAR, Comisión Española de Ayuda al
Refugiado”.
Desde la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, tal y
como se indicó en un comunicado, también recogen con
satisfacción esta sentencia del Tribunal Supremo insistiendo
en que “cada vez tiene menos sentido las redadas policiales
en persecución de extranjeros cuya única norma que infringen
es la que recoge los plazos de estancia regular en España”.
De acuerdo a este sentencia publicada la Administración
tendrá que cambiar su proceder, viendose obligada a aplicar
la sanción de multa de forma general a estas personas, y
sólo en los casos en los que se aprecie gravedad en los
hechos cometidos, ya sea una sanción policial, una multa por
venta ilegal, etc, estará autorizada la sanción de
expulsión. “Hay que dejar muy claro que la expulsión es una
agravación de la multa, no una alternativa a ésta como se
venía practicando”, explicó Arsenio García, abogado de CEAR.
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