Las empresas privadas tendrán que correr con los gastos del
botiquín, obligatorio por ley en aquellas empresas de más de
25 personas. Hasta ahora eran las Mútuas aseguradoras
contratadas por las empresas las que se encargaban de estos
menesteres, siendo ellas las encargadas de proveer de los
elementos de primeros auxilios necesarios.
Desde que en el BOE del 10 de marzo de 2.007 se publicó la
Resolución de la Secretaria de Estado de la Seguridad Social
por la que se establecían los criterios para la gestión de
determinados créditos, y para la tramitación de las
modificaciones de crédito en el ámbito de las mutuas de
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la
Seguridad Social. Resulta de notable interés para todas las
empresas, que según se dispone en dicha resolución queda
suprimido el crédito para la entrega de botiquines y
material farmacéutico asociado a los mismos por parte de las
Mutuas de Accidentes de Trabajo, al considerarse, sobre la
base de jurisprudencia del Tribunal Supremo, que la
obligación empresarial de mantener dicho equipamiento no
puede ser asumido por las mutuas al no considerarse una
prestación no reglamentaria de la Seguridad Social. Esta
medida, adoptada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, de obligado cumplimiento para las Mutuas, supone
en la práctica que éstas no podrán atender peticiones de
armarios botiquines, ni reposiciones de farmacia para la
dotación de los mismos. Se advierte no obstante, que
persiste la obligación empresarial de que en todo lugar de
trabajo se deberá disponer de un botiquín portátil que
contenga material de primeros auxilios (desinfectantes,
antisépticos, gasas estériles, vendas, etc.) que deberá ser
revisado periódicamente y repuesto tan pronto como sea
utilizado. Así, en los lugares de trabajo de más de 50
trabajadores (o de 25 trabajadores cuando) se deberá
disponer de un local destinado a los primeros auxilios y
otras posibles atenciones sanitarias. En el supuesto de
incumplimiento y que el mismo fuera constatado por la
Inspección de Trabajo, su empresa podría verse sancionada
por incumplimiento de la normativa de Seguridad e Higiene y
Prevención de Riesgos Laborales.
|