El Proyecto de Ley del Suelo, actualmente en fase de debate
en el Pleno del Senado, antes de volver al Congreso de los
Diputados para su aprobación definitiva, recoge las
peticiones básicas formuladas por la Ciudad de Ceuta. La
aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana
(PGOU) así como las revisiones o modificaciones del mismo
que afecten a contenidos de carácter general o a la
estructura orgánica del territorio serán competencias del
Ministerio de Vivienda. La Ciudad Autónoma de Ceuta será el
órgano competente en cuanto a los Planes Parciales y
Especiales con los correspondientes informes por parte de la
Administración General del Estado, que sólo será vinculante
en cuestiones que afecten al principio de legalidad o al
interés general del Estado. Estos informes serán evacuados
por el Ministerio de Vivienda en el plazo de tres meses y su
incumplimiento tendrá la consideración de silencio
administrativo positivo. La Ciudad Autónoma será la
responsable de establecer los porcentajes de reservas de
viviendas sometidas a régimen de protección pública a través
del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Este documento
debe prever, además, la posibilidad de aumentar, de forma
forma razonada, el porcentaje de cesión obligatoria de suelo
a la Ciudad de un 15% a un 20% en aquellos supuestos en los
que el valor de los solares resultantes sea sensiblemente
superior al valor medio de los solares en esa clase de
suelo.
Esta modificación efectuada por el Gobierno central a
petición de la Ciudad Autónoma de Ceuta es “perfectamente
homologable” con el resto del país, es decir, las
comunidades autónomas asumen el papel de control y
regulación de la actividad urbanística. En Ceuta esa “esa
segunda instancia” debe ser asumida por la Administración
General del Estado, de conformidad con lo dictaminado por el
Tribunal Constitucional.
|