El Juzgado de lo Penal Número Uno de Ceuta publicó la
sentencia firme de este caso, cuya vista oral se desarrolló
el pasado 30 de octubre.
Los hechos se desarrollaron el 23 de julio de 2004 cuando
entre los jóvenes presentados en el juicio, J,G.G e I.A.C.R
se desarrolló una discusión, en la zona de la explanada del
cementerio, que acabó con una agresión según denunció la
joven.
Tal y como recoge la sentencia, J.G.G, es autor de un delito
de lesiones debido a que le ocasionó la rotura del tabique
nasal a la denunciante, a raíz del cabezazo que le propinó.
Los jóvenes, en ningún caso habían mantenido una relación
sentimental, se conocían a raíz de una tercera persona.
La sentencia condena a J.G.G por un delito de lesiones de
artículo 147.1 a una pena de seis meses de prisión y a que
indemnice a la víctima, I.A.C.R, por la cantidad de 3.399
euros en relación a las lesiones causadas.
Por su parte, la joven también ha sido condenada por una
falta de lesiones. En este sentido, la sentencia recoge que
deberá pagar a J.G.C, en relación a la falta de lesiones una
multa de un mes a razón de seis euros la cuota diaria, lo
que hace un total de 180 euros y a que indemnice al joven en
la cuantía de 66 euros por esa misma falta.
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