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ACTUALIDAD - VIERNES, 30 DE MARZO DE 2007


Asamblea de Ceuta. archivo

contencioso administrativo / posturas
 

El TSJA fijará su posición sobre
el padrón “en el próximo caso”

El Tribunal reconoce que tiene “muchas dudas” sobre si se debe exigir o no a los extranjeros la tarjeta de residencia
 

CEUTA
Gonzalo Testa
gonzalotesta@elpueblodeceuta.com

La sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Sevilla, no decidirá si el Negociado de Estadística de la Ciudad Autónoma puede o no exigir a priori a los extranjeros que deseen inscribirse en el padrón ceutí la tarjeta de residencia en vigor hasta que llegue a sus manos otro recurso sobre el asunto, según adelantaron ayer a este periódico fuentes del alto tribunal andaluz.

De acuerdo con estos informantes los tres jueces que componen la sala, los magistrados Moreno Andrade, Herrero Casanova y Montero Fernández, “ya se han reunido para unificar sus criterios al respecto” pero “al no poder anular ninguna de las dos sentencias [contradictorias] que han dictado sobre este mismo asunto durante los últimos meses han tomado la decisión de sentar jurisprudencia con un criterio definitivo cuando llegue el próximo recurso de las mismas características”.

Los tres magistrados han reconocido tener “muchas dudas” sobre cuál de los dos autos emitidos sobre el empadronamiento de extranjeros en Ceuta ya que, según han confirmado fuentes del TSJA, “cualquiera de las dos opciones es sostenible legalmente”.

Los recursos de la Ciudad

El Contencioso Administrativo del TSJA rechazó el 12 de diciembre de 2006 en un auto cuya ponencia correspondió al juez Montero Fernández el recurso interpuesto por la Ciudad Autónoma contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de la ciudad autónoma en el que le daba la razón a una ciudadana extranjera que quería que se tramitase su empadronamiento pese a carecer de la tarjeta de residencia en vigor, requisito ineludible que estableció una Resolución de la Consejería de Presidencia el 4 de mayo de 2005.

Sin embargo, el 19 de enero, un mes después, el presidente de la Sala, Moreno Andrade, rubricó otra sentencia en la que estimaba el recurso de la Ciudad anulando la sentencia dictada en el juzgado ceutí y confirmaba “la resolución administrativa recurrida por la actora”. Además, el TSJA dejaba claro en ese último auto sobre el asunto que “no procede declaración alguna acerca de las costas”, mientras que en la sentencia firmada en diciembre se obligaba al Gobierno ceutí a pagarlas.
 

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