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economía - MIÉRCOLES, 28 DE FEBRERO DE 2007


TESORERÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.ARCHIVO

Impuestos / renta 2006
 

Las devoluciones rápidas de Hacienda, desde el 1 de marzo

Podrán acceder a esta modalidad
aquellas personas cuyos ingresos
no superen los 8.000 euros anuales
 

CEUTA
Oscar Varela
local
@elpueblodeceuta.com

Los contribuyentes ceutíes que no estén obligados a declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), podrán pedir a partir de mañana 1 de marzo hasta el próximo 2 de abril, la Devolución Rápida correspondiente al ejercicio fiscal 2006.

Durante este periodo de tiempo los contribuyentes no obligados a declara el IRPF porque no superen el límite de ingresos fijado a partir del cual es obligatorio declarar, es decir, los 8000 euros, podrán acudir a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, donde se le calculará la devolución, si procede, se le ingresará en la cuenta que hubiera consignado el solicitante.

Por oro lado, también mañana jueves, hasta el 25 de junio, se abre el plazo de solicitud del borrador de IRPF o los datos fiscales para aquellos contribuyentes que no lo pidieron marcando la casilla correspondiente en la declaración de la renta del año pasado. Recibirán el borrador los contribuytentes que sólo tengan rendimientos de trabajo, de capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta o Letras del Tesoro.
 


¿Quién puede solicitar la Devolución Rápida?

Muchas veces no se solicita este tipo de devolución que se aplica sobre el tributo a la hacienda pública por desconocimiento de a quién procede o no solicitarla.

A esta devolución pueden acceder aquellos cuyos rendimientos íntegros de su ejercicio profesional no superen los 22.000 euros anuales si proceden de un solo pagador, o si proceden de varios, cuando la suma del segundo y sucesivos no no supere los 1000 euros.

El año pasado solicitaron este tipo de devolución 556.000 contribuyentes, de los que tuvieron derecho a recibirla 380.771, un importe de 117 millones de euros.
 

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